Creo que se cuenta desde que la vivienda se empieza a habitar. Por tanto, los tres años para consolidar el carácter de vivienda habitual habrán transcurrido en septiembre de 2009.
He leído varios post con planteamientos como el mío, pero no termino de tenerlo claro. Agradecería que algún profesional o experto en estos temas me disipara la duda.
En el año 2004 compré en Madrid una vivienda de nueva construcción, que me entregaron y escrituré en agosto de 2005 y que es mi única vivienda en propiedad. Me empadroné y empecé a vivir en ella en septiembre de 2006.
Dentro de unos meses tendré que cambiar de residencia, por lo que me gustaría alquilar ese piso.
Sé que tienen que pasar 3 años para poder hacerlo, pero lo que quisiera saber con certeza es si lo 3 años cuentan desde la fecha de las escrituras o desde que se ha habitado realmente.
En resumen, ¿yo podré alquilar mi piso a partir de agosto de 2008 o a partir de septiembre de 2009?