Buenas Tardes
Pués eso sin más, ¿puedo alquilar mi primera vivienda habitual recién comprada?
Hemos pagado en 8% IVA (es vpo pero de precio libre)
Ha pasado un mes desde la compra
Queremos hacerlo todo legal, declarar alquiler...
¿Es posible?
Supongo que Hoplon se refiere a si es de protección oficial. Yo he dado por sentado que no porque ud. ni lo menciona, pero en caso de que sea de protección oficial lo que le quiere decir Hoplon es que esas viviendas vendrán reguladas por unas normas y habrá que estar a ellas para ver si puede ud. alquilar inmediatamente.
La vivienda es de VPO pero de precio libre, aún así sigue siendo VPO (pagué un 10% de iva pero me devolvieron un 2% al ser VPO)
¿Se podría alquilar?
No sé a quién preguntar y me gustaría informarme bien
Pues entonces me remito a la respuesta de Hoplon: tendrá que preguntar en su CCAA cual es la legislación vigente y además consultar la calificación de esa VPO. No podemos darle una respuesta uniforme porque en las VPO todo depende de normas que son autonómicas e incluso "particulares" de cada VPO.
Como bien nos indica Leonjbr, en cada Comunidad hay varias normas a las que se sujete el alquiler de las vpo.
En la Escritura de Compraventa seguramente se refleja un párrafo que dice algo parecido a "Ésta vivienda está sujeta a las prescripciones contenidas en le Decreto...." (calificación).
Si dice usted "recién comprada" veo probable que esté incluida en el Plan de Vivienda 2018-2020, pero por desgracia solamente lo he encontrado en valenciano, idioma que no conozco. Examinando por encima el Libro Blanco de la vivienda en Valencia, veo posible (en principio) que para alquilarla necesite usted permiso de la Consejería de Vivienda, para lo que deberá presentar una solicitud razonada.