Buenas, les planteo un caso un poco curioso:
Local propiedad a un 50% de un señor y el otro 50% propiedad de 2 hermanas sobrinas de este señor. Es decir, cada una tiene un 25%.
Pues bien. Este señor tiene un hijo y este, autónomo, necesita una oficina, pues a veces recibe a algún cliente y en su casa, es inviable.
Entonces este señor ha pensado en cederle su parte local de manera gratuita, y que el hijo les pague a sus primas x dinero por su parte.de este modo, el hijo tendrá un local para trabajar y se ahorrará la “la mitad” del alquiler, por decirlo de algún modo.
Aquí va mi pregunta:
Desde el punto de vista de los propietarios, como se registra todo esto?
-Se puede hacer un contrato de alquiler del 50% del local donde solo constará que se ha alquilado la parte del local correspondiente a las 2 hermana? Luego si el chaval usa la mitad o la totalidad ya no es problema. Ya se apañan la familia esta.
-pregunta 2: partiendo de la base de puede hacer contrato alquiler del 50% del local, si este 50% es de 2 personas, 25% cada una. Como se paga el alquiler más Iva? La mitad del
Alquiler y la mitad del Iva a cada hermana?
Agradecido, de antemano por sus respuestas y esperando haberme explicado bien…
Reciban un cordial saludo
Lo que se debe hacer es simplemente un contrato de alquiler en el que se especifique que el padre "condona" el 50% de la renta a favor de su hijo.
No tiene nada especial. En realidad es un contrato de alquiler "normal" cuando hay mas de un propietario del local.
Las dos sobrinas, como propietarias del 50 %, pueden perfectamente alquilar ese local a su primo, hijo del otro copropietario, según el régimen establecido para los bienes en copropiedad del art. 392 y ss CC.
Quedan los aspectos fiscales del caso: en teoría el dueño del 50 % del local podría exigir su derecho a participar en la renta; en teoría, también, podría Hacienda interpretar como una donación que el dueño del 50 % no le cobre a su hijo (aunque yo lo veo como un comodato), o que las dos primas cobren una renta por debajo de mercado. En la práctica, tenga la seguridad de que es casi imposible que esto suponga un problema.
Que ambas primas firmen, como arrendadoras, un alquiler a su primo, con la renta que vean bien, y que le emitan cada mes la correspondiente factura con IVA: luego, cada una de ellas se imputa la mitad de la renta y del IVA.
Esto, en la práctica, va a obligar a las dos primas a liquidar el IVA trimestral, si no lo hacen ya por otra actividad, pero bueno, es lo que tiene.
Incluso hay una solución todavía más evidente: suscriba un contrato de arrendamiento con renta "normal" y luego que el padre le devuelva en mano al hijo su 50% todos los meses y asunto resuelto.