El otro día para pasar a un lugar de dominio público (concretamente una zona costera) no tuve otra opción que entrar en el jardín comunitario con piscina de un bloque de apartamentos que están dispuestos para su venta.
Como ya estábamos dentro, fuimos hasta el final del jardín para ver si había otra salida que diera paso al lugar donde queríamos ir, no se si entramos en un recinto cercado de uno de los apartamentos porque pudimos pasar por una puerta sin problema pero creo que no vive nadie allí. Al final como sólo había una misera salida tuvimos que pasar por ahí para acceder al borde de la costa.
Mi pregunta es si esto se consideraría allanamiento?? No se, tengo la duda.