Tengo una duda que quizás puedan resolver: se trata de una persona que se casó y divorció hace tiempo en la republica dominicana, despues vineron ambos a España y tras reconocerse la sentencia de divorcio en España por exequatur quiere solicitar el cambio de custodia de su hijo menor y unos alimentos que no estaban fijados; se trata de una modificacion de medidas como si se tratara ya de una sentencia española?