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alguna autorización o modo de suspensión para q cuando volvamos este yo legal?

2 Comentarios
 
Alguna autorización o modo de suspensión para q cuando volvamos este yo legal?
06/07/2013 11:30
buenos días, soy colombiano y tengo pareja de hecho y tarjeta comunitaria desde hace poco más de un año, a mi pareja española la trasladan a Colombia por trabajo durante un par de años, nos costó mucho conseguir la tarjeta, ¿hay alguna forma de que yo no la pierda si me voy con ella? es decir,

muchas gracias de antemano por su respuesta
07/07/2013 16:55
Hola.

Suspensión no hay. La regla general es que la tarjeta caduca por ausencias de España superiores a los 6 meses en un año.

Hay, sin embargo, excepciones a esa regla general y casos de no aplicación:

A) EXCEPCIONES.- 1.- Cuando la ausencia es por cumplimiento de obligaciones militares (por el tiempo que la normativa del país de nacionalidad establezca que debe cumplirse con ellas). 2.- De no más de 12 meses consecutivos por : gestación, parto, posparto, enfermedad grave, estudios, formación profesional, o traslados por razones de carácter profesional a otro Estado miembro o a un tercer país.

Desde luego, para beneficiarse de las excepciones, no se puede esperar que por arte de magia la Administración General del Estado se entere de la situación, sino que debe comunicárselo oportunamente, adjuntando los correspondientes documentos probatorios.

B) NO APLICACIÓN.- 1.- Personas vinculadas mediante una relación laboral a organizaciones no gubernamentales, fundaciones o asociaciones, inscritas en el registro general correspondiente y reconocidas oficialmente de utilidad pública como cooperantes, y que realicen para aquéllas proyectos de investigación, cooperación al desarrollo o ayuda humanitaria, llevados a cabo en el extranjero. 2.- Personas que permanezcan en el territorio de otro Estado miembro de la Unión Europea para la realización de programas temporales de estudios promovidos por la propia Unión.


Si no se encuadra USTED (no su cónyuge), en alguna de las situaciones antedichas, puede correr el riesgo de caducidad por ausencia de su tarjeta.

Lo mejor que puede hacer es presentar la solicitud de nacionalidad española por residencia antes de marcharse, para que el procedimiento siga su curso (si está casado con española, le basta un año de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición). Y procurar hacer retornos periódicos, jugando con los tiempos.

Un cordial saludo.
07/07/2013 21:34
Muchas gracias por la respuesta, ¿donde se deberían avisar o notificar el cambio? ¿en la policía o hay q ir a extranjería?