DickTurpin veo que no has leido lo que dije en otros mensajes que dejé escrito un poco más arriba.
Ahí indico que no hay Estatutos, al menos legalmente establecidos, porque escritos si que los hay, pero sin registrar, por lo tanto no tienen validez legal, aunque es una lástima porque en ellos se establece que el gastos se reparta en función del coeficiente.
Como no están registrados, nunca se llevó a cabo ese acuerdo ya que han hecho lo que han querido los que han estado en la dirección durante muchos años, es decir, un reparto a partes iguales, sin tener en cuenta que la diferencia de casas es avismal.
Puntualizo que no es un edificio de pisos, sino chalets con parcelas y algunos están divididos en dos, es decir con dos propietarios, mientras que otros son individuales.
Hay una cosa que no entiendo, si la Ley dice que ha de hacerse el reparto por coeficientes, porqué necesito el apoyo unánime para cambiar este reparto?? no seria al revés, es decir, si estuviera establecido por coeficientes y alguien quisiera que fuera a partes iguales, ese alguien sí debería conseguir el acuerdo unánime para que el reparto fuera a partes iguales, no??
La Ley ni es justa ni injusta. Es Ley y por eso no hablo de ello y me limito a contestar a tu exposición.
Lo que tienes que hacer es revisar tu escritura de propiedad y averiguar cual es la cuota de particpación que tiene tu vivienda en gastos comunes.
Una vez hayas averiguado tu cuota de participación debes averiguar si existen disposiciones estatutarias en las que se establezca algún modo especial de reparto de los gastos comunes (lo podrás encontrar en la escritura de división horizontal de la finca o urbanización).
Una vez tengas la información podrás calcular atendiendo al total de gastos comunes si te están repartiendo adecuadamente los mismos.
Si no tuvieras cuota asignada, se presume que los gastos se repartirán por partes iguales, te parezca justo o injusto y para cambiar esa situación deberás iniciar un expediente judicial para que se apliquen las cuotas en el modo descrito en la LPH a cuyo fin deberás demandar sin excepción a todos los propietarios, si antes no has conseguido acuerdo unánime al respecto. Te recomiendo que busques a un abogado para que te asesore adecuadamente.
La verdad es que explicar todo por aquí es complicado.
Beatrizeres, ciertamente no se me ha pasado ese... O LO ESPECIALMENTE ESTABLECIDO.
Mire, esta comunidad es ficticia, me explico, no está legalmente establecida, es decir no hay estatutos en la comunidad porque jamás se han registrado, ni han pasado por un notario. Está "constituida" desde hace unos 35 años, que son los años que un constructor hizo casas en un terreno no urbanizable, a dia de hoy aún no se contamos con unos servicios del ayuntamiento, aunque paguemos todos la contribución.
Como digo, hace 35 años, los primeros que compraron esas casas, se reunieron y decidieron hacerse cargo de los gastos de mantenimiento, reparación y demás de la urbanización, bien, con los años esos gastos se seguieron pagando a partes iguales, curiosamente los que estaban en la junta directiva la mayoría tenian... tienen casas grandes, muy grandes y pensaron... aqui todos a partes iguales, lógicamente el sentido de la justicia brilló por su ausencia, ya que otras muchas casas apenas alcanzaban los 60 m2, frente a los 300 m2 de algunas y con parcelas de hasta 1000 m2 , frente a otras con parcelas de 150 m2, ¿ ES JUSTO ESTE REPARTO DE GASTOS? pues NO, la LEY ES CLARA a este respecto, y el hecho de que unos pocos decidieran hacer este reparto de gastos sin contar con la aprobación UNÁNIME, no justifica que se siga haciendo injustamente en perjuicio de no menos que casi la mitad de los propietarios.
Nadie quiso en su dia calcular los coeficientes, bien por dejadez, por ignoración o por lo que sea, el caso es que yo sí los he calculado con los datos que figura en el catastro y no somos pocos los perjudicados por este reparto injusto, por decirlo suavemente.
En la próxima junta extraordinaria pretendo con el apoyo de la mayoria cambiar esta injusticia y si no lo consigo, tengo 2 opciones, bien impugnar el acta o bien enviar un escrito al administrador ( que dicho sea de paso, menudo pájaro de cuidado está hecho) en el que exprese que a partir de ahora pagaré la cuota según mi coeficiente y si quieren... que me denuncien.
Estoy más que harta de que unos pocos se hagan los tontos y se aprovechen de otros no menos... TONTOS.
Ya está bien de tanta injusticia Y TANTO LISTO
YO SÓLO QUIERO APUNTAR A ISOLDA QUE LA LPH, EN LO QUE SE REFIERE OBLIGACIONES DE LOS PROPIETARIOS (ART.9.1.e), DICE TEXTUALMENTE: "Contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo ESPECIALMENTE ESTABLECIDO, a los gastos generales......".
OJO CON ESE "especialmente establecido" porque es un cajón de sastre donde cabe de todo. Si quiere interponer un proceso legal, sopese pros y contras. Y si considera que lo tiene todo a su favor, adelante.
Un saludo muy cordial
En mi comunidad, a una banda de "estalentaos" les va a costar un ojo de la cara la gracia de jugar a los abogados porque no se puede basar un juicio en "humo". Claro está a la abogada de pacotilla que defendió a mis queridos recurrentes sin fronteras ( famosa Ong "apadrina a un abogado/a sin escrúpulos, nosotros ya lo hemos hecho...), se la trajo al pairo que la demanda tuviera consistencia o no. Sus pupilas adquirieron forma de $ cuando vio que el presupuesto de la comunidad superaba con creces los 600.000 euros..., así que gane o pierda su bolsillo estará lleno (o no, que los bancos ya no conceden créditos...). Al grano, que la gracia de una impugnación si se pierde (éstos han perdido en primera instancia y están poniéndoles velas a la virgen, y hasta alguno ha empezado a ir a misa...), el abogado le aplica un porcentaje que tiene un máximo y un mínimo, y que suele rondar el 10%.; en la audiencia, mucho más claro.
hola isolda yo tengo el mismo problema pero lo he enfocado de difernte manera,he mandado un buro fax al presidente y a la administradora ya que no me hacian caso, que a partir de este mes y hasta que no me den una respuesta de porque un coeficiente 0,535 paga lo mismo que uno de0,850 ingresare el pago de la comunidad en un notario o en el juzgado. y si quieren que me denuncien y que y que le demuestren al juez el por que , y espero salga bien un saludo
Gracias de nuevo.
Solo decirle a Acriton que sí, que la diferencia es mucha, al mes y por supuesto al año.
pero no soy la única, hay mucha mas gente que está afectada. Somos 74 vecinos, y todos tenemos casas distintas en superficie, forma, etc. una vez que he calculado los coeficientes, por m2 útil, por m2 de parcela y también por la suma de ambos, de las tres formas, la diferencia es bastaste. La ventaja que tengo es que una vez calculados, somos unos 34 vecinos que pagariamos menos de la cuota que se establezca, con lo cual espero que la gente me apoye.
La junta extraordinaria se convocará en enero, ya veremos si tengo éxito y consigo convencer al resto de los propietarios que el cambio es justo y además es lo que marca la Ley.
Un saludo.
Hola Isolda!
Solo darte ánimos porque no me encuentro en la misma situación. Acabo de terminar la Asamblea de vecinos y yo he rechazado las cuentas por el mismo motivo que el tuyo. En mi caso si hay Estatutos pero sirven de poco ya que todos los vecinos excepto yo han ratificiado un acuerdo que había en la comunidad desde el año 92 y que dice que todos debemos pagar a partes iguales los gastos del portal. Aunque no compré el piso en el 97 me dicen que yo los acepté en el momento que no impugné las cuentas de ese año. Yo ya tengo el tema en un abogado y después de ver la página web que envió Fontanero creo que tengo todas las de ganar aunque mis vecinos sean todos funcionarios y el administrador sea el Presidente de Administraciones de Fincas de mi provincia.
Solo desearte suerte.
Yo analizaría en tu caso, la diferencia de coste de cuota entre pagar por coeficiente o a partes iguales.
Si la diferencia no es significativa, me olvidaría de la impugnación. Tambien valora, cuanto supone al año, la diferencia en el pago.
Solo deciros que he averiguado que mi comunidad no tiene establecidos legalmente Título Constitutivo, ni Estatutos, ya lo he comprobado en el registro de la propiedad.
Y yo me pregunto, si no tiene Estatutos legalmente establecidos (aunque yo tengo un borrador pero sin firmas, ni sellos oficiales, con lo cual no tiene validez legal) en este caso, esta comunidad se regiria por la LPH??
Es posible que el reparto de gastos se haga según marca la Ley??
es decir por coeficientes?
En breve se celebrará junta extraordinaria para tratar y votar este tema.
Un saludo
si tecuesta pasta no inpugnes nada a mi me pasa lo mismo quiero pagar por coeficiente, porque lo dicen los estatutos nuestros ,la escritura de obra nueva y la ley ,le he mandado un burofax al presidente con acuso de recibo y a la administradora,dociendo que espero la respuesta
o ver el documento que me obliga a pagar igual que otro vecino que tiene 60m mas que yo ,y que ingreso mi dinero en el notario a partir de este mes
un saludo
Al impugnar un punto del acta, automaticamente todos los demás quedan sin efecto. Es lo que pasó con el acta de mi comunidad que yo impugné en el año 2000, a la cual hago referencia más arriba. En la próxima reunión se han de volver a tratar los otros temas en los que todos estaban de acuerdo.
Paganini, a lo que se refiere Isolda, es al cambio del sistema de gastos, desea que se pague por coeficientes, que es como dice sus Estatutos y la LPH.
A no ser que sólo haya ese punto el Acta recogería 1º más puntos, 2º cuando se refiere a impugna el Acta, se impugna todo, por lo que pueden echarla para atrás por ello, porque los demás acuerdos, pueden estar perfectamente validados.
Isolda:
En el año 2003, impugné un acuerdo en el que todos los vecinos votaron a favor de unas obras en el terrado que reducia luz a mi vivienda. Gané, pero el juez consideró que no había habido mala fe por parte de los otros y dictaminó que cada parte pagara sus costas. Defender mi propiedad me costó 4.000 € de nada, a pagar yo solita. En cambio, la otra parte, a repartir los gastos entre toda la comunidad, incluida yo. ¿Qué te parece?
Los gastos generados por el procedimiento judicial corresponden a los siguientes profesionales : abogado, procurador, notario y arquitecto. Este último se encarga de hacer un dictamen pericial de las obras realizadas, que en tu caso, no sería
necesario.
Isolda, lo que tienes que impugnar no es el Acta, sino el Acuerdo. Una impugnación de Acta, puede costar cerca de 3000 Euros, es lo que me dijeron hace un tiempo.
Pues mira para empezar Primero miras tu seguro. _Si lo tienes y preguntas. Lo más problable es que te contemple la consulta juridica pero nada más. Depende de lo que hayas contratado .
En general independientemente del seguro pasa dos cosas. O bien tienes acceso a la justicia gratuita por cuestion de ingresos- no deben superar el doble del salario minimo interprofesional del año en corriente-. O bien contratas a un abogado y un procurador. Que el abogado te diga su minuta- es decir el coste de su intervencion- y el procurador sus honorarios en una primera instancia y si recurres les preguntas que ha como te sale la broma. Y si ganas perfecto la parte contraria debe pagarte los gastos que tu primero debes acreditar como pagados a tus profesionales . Y si pierdes pagaras los tuyos y los de la parte contrario. MIrate con ojo donde te metes que la broma si es por un calenton te puede salir muy cara y despues embargan...y hay muchas lagrimas que bien informado/a se pueden evitar.
Andate con ojo y pregunta y decide en consecuencia equilibrando todos los datos.
Saludos.