Lamentablemente, ante la justicia española, no se puede alegar "agravios comparativos", o sea lo del resto de comercios que también incumplen la normativa.
Desconozco, si por ahí afuera en Europa, la cosa funciona igual.
Lo primero estar seguro de que es ese el motivo y si lo fuera, como segunda actuación, resolver el problema y olvidarte de como están el resto de locales.
Seguro que tiene una solución constructiva factible.
En un local con comercio menor de productos alimentarios y bebidas, he recibido "incoación actuaciones para cese de actividad y clausura establecimiento" al cual deseo presentar alegaciones. Creo que puede referirse a la ausencia de rampa y necesidad de acceder al local bajando 1 peldaño.
Qué tipo de alegaciones puedo presentar?
En una calle de más de 10 locales en las mismas circunstancias, sólo me lo piden al mío. Cómo puedo dejar constancia de mi insatisfacción al respecto? Existe alguna figura legal para ello?