hola esque tengo una duda el año pasado tuve un choke pequeño con el coche y bebi algo entonces la chavala del coche no queria partes y llamo a la policia en tonces me hicieron el test de alcoholemia y di 0,52,sigo esperando el juicio, entonces estas navidades me cogieron con 0.89 juicio rapido 6 puntos 8 meses sin carnet y 32 dias trabajos,me gustaria saber cuando me llegue el juicio sere reincidente?? tened en cuanta que la primera vez yo tenia carnet y trodavia sigo esperando el juicio de la primera vez del choque ¿me quitaran mucho tiempo el carnet cuando llegue el 2 juicio?? sere reincidente??en mayo recupero el carnet de cuando me lo quitaron en el juicio rapido 2 vez hace 6 meses.graciass
No serás reincidente, pues se tiene en cuenta la fecha de los hechos, no la del juicio.
En la última no te deberían quitar puntos, al menos por la alcoholemia.
La sanción será algo superior; no dices lo que pide el fiscal, si es que ya hay petición. Puede que éste pida mucho, pero lo normal sería entre 12 y 18 meses de retirada, más la multa o los trabajos.
toadvia no me a llegado el juicio,estoy en espera muchas gracias,pero una pregunta ¿donde puedo conseguir un abogado de oficio?me han dicho k los abogados de oficios no son iguales,esque tengo muchos gastos y mi nomina es de 527e
Si tienes abogado particular, éste ha de renunciar; si lo hacen bien te citarán para designar nuevo abogado y entonces lo pides de oficio.
También puedes firmar tu la renuncia del abogado, y en el mismo escrito que pida que designen de oficio, para evitar trámites. Luego tendrás que tramitar la justicia gratuita, para que el abogado de oficio te salga gratis.
Cuando diste 0,52 te detuvieron? La policía suele detener a partir de 0,63mg/l por lo que dudo que hubieran abierto diligencias, a no ser que apreciaran síntomas. Fue una colisión normal o te imputaron un delito por conducción temeraria o algo así?
Que te llevaran a hacer la prueba no significa que te detuvieran. Si solamente te hicieron las pruebas, no te detuvieron, te habrían denunciado administrativamente con una multa de X€ y 6 puntos del carnet. Si realmente te detuvieron, te habrían realizado una lectura de derechos, una citación (al igual que te habrían hecho el día que diste 0,89mg/l)... a no ser que no se hubiera realizado vía JR debido al accidente.
Sino designas TU un abogado se te designa uno de oficio. Es el colegio de abogados quién designa un abogado de oficio.
En el primer caso no diste el mínimo, por eso no ha habido juicio ni lo habrá. Según creo haber entendido en el segundo caso ya te ha condenado a 8 meses sin carnet y 32 dias de trabajo.
Que no llegara al mínimo no implica que no haya delito... sigue pudiendo haber influencia del alcohol, y puede ser delito, como lo ha sido (casi) toda la vida. Además hay accidente... habrá que ver las causas del mismo, y el acta de sintomatología de los agentes, la declaración de la chica que no quiso hacer el parte, etc.
Azcorra como siempre cubriéndose de gloria. ¿Que no hay delito por no dar el "mínimo"?, que se lo digan a los muchos que tienen juicio por ocasionar un accidente y dan una tasa positiva aunque inferior a 0,60.
De verdad que el carnet.... profesional se lo habrán dado en una tómbola.
Es verdad, perdonar,culpa mia, es delito dede hace un dos años o asi, desde la ultima reforma. Antes no lo era eh, me he confundido. Un error imperdonable. Pero no me mordais, un saludo.
Antiguamente, había que ver si la persona mostraba sistomas de que le afectamente seriamente para la conducción. Ahora desde que pasas el minimo te lo suelen meter como delito por sistema, cierta. Lo que hacemos tambien los abogado es solicitar si el alcoholimetro ha pasado la revisión periodica.
entonces sera juicio no???o soy reincidente??o miran la fecha y x eso no me sale lo de la segunda vez???estoy un poco nervioso,lo k se que cuando me fio de alli me hicieron firmar un papel y me preguntaron si queria abogado de oficio o privado,tendre posibilidad de entrar en prision???muchas gracias x vuestras respuestas
Por el juicio que tienes pendiente, al no ser rápido, aunque te conformes la pena mínima de retirada dé carné es de 1 año y 1 día. Tranquilo, no eres reincidente ( para serlo tendrías que cometer un hecho similar tras una sentencia firme ). Por eso tampoco vas a ir a prisión, te pondrán una multa y la privación. Lo del abogado de oficio es muy relativo, ya que te lo ponen, pero si luego no se demuestra que no cumples los requisitos para acceder a la justicia gratuita vas a tener que pagar al letrado aunque sea de oficio. Con 0,52 si no tenías síntomas ( sobre todo la demabulación vacilante/titubeante ) con esa tasa lo normal es que no llegues a juicio, y si llegas hay muchas probabilidades de que te absuelvan. Primero tienes que esperar a ver si te acusa el Fiscal. Pregunta en el Juzgado ya que igual sobreseyeron el expediente y ni te has enterado ( en ese caso tendrían que notificar a Tráfico para que te sancionen ellos, pero aún hay juzgados que no lo hacen, y por tanto igual tienes suerte de salir sin condena penal y sin sanción administrativa).
rofi de tojas muchas gracias,esue muchos me dicen que soy reincidente y muchos no,me han mandado una citacion para el 6 de abril y creo k es para los daños ocacionados,para ver que paso y lo que me has dicho de ir al juzgado para q es??muchas gracias por todo
Coincido por lo dicho por Rofi de Tojas, como dije antes yo tampoco creo que te lo metan como delito contra la seguridad del tráfico en ese caso.
Todos los temas que he visto de alcoholemias se llega a una conformidad con el fiscal para que te rebajen el tercio. Normalmente tu abogado habla con el fiscal y este le hace una oferta. Pero las tasas que he visto son superiores a 0,6, incluso 1 y pico y más. Y en esos casos lo único que puede hacerse es solicitar si el alcholimetro, el aparato que usan para medir la cantidad del alcoholl en sangre ha pasado las pruebas tecnicas periodicas, y sino es asi, se consigue anular la prueba.
Las sanciones suelen ser de multa, privacion del permiso de conducir y trabajos en beneficio de la comunidad. Pero cuidado con este ultimo, porque a veces no lo meten de primeras y luego si te lo quieren endosar ya no pueden.
Otra vez, Azkorra por favor... no desorientes a la gente.
Echa un vistazo a la reforma del código penal que entró en vigor el 23 de diciembre último. La pena ya no puede ser retirada, multa y trabajos.
En cuanto al etilómetro (que mide la cantidad de alcohol en aire, no en sangre) echa un vistazo a esta Sentencia, así tendrás otro argumento para tratar de discutir su validez.