En el reglamento no dice que se dé nada. Dice que la persona tiene obligación de someterse a la prueba de alcoholemia, y posteriormente el agente someterá, someterá, someterá a una segunda prueba por el mismo medio que la primera.
Diferentes y numerosas sentencias, dicen que la prueba de alcoholemia se entenderá como válida y efectuada, cuando se obtenga una prueba escrita del resultado. Por ese motivo que se pueda obligar a una persona a soplar dos veces para obtener una sola prueba. Hasta entonces no hay prueba.
Si el usuario se niega rotunda y taxativamente a soplar, entonces hay negativa. En este caso, no hay porque ofrecer prueba en centro hospitalario como contraste, si bien, personalmente, y por la experiencia en los juzgados, puedo afirmar, que ese ofrecimiento cuando obtiene respuesta negativa, se utiliza por el fiscal para pedir mayor condena, y por el juez para imponer mayor pena.
Así que, mazorca, si vosotros estáis ofreciendo el análisis hospitalario sin existir prueba anterior en etilómetro evidencial, no lo estáis haciendo de forma ajustada a la norma, si bien, a mi no me parece mal, pero la actuación no es correcta, y te planteo una pregunta con un ejemplo.
Me paras a mí, te digo que no quiero soplar, (tu no lo consideras negativa, por lo que no me imputas delito alguno) pero quiero extracción sanguínea, ¿en base a qué, y como me trasladas al hospital?, ¿Cómo y porque justificas la prueba en el centro médico? (hay que justificar porque se solicita la extracción), a donde envían el resultado de la prueba, al juzgado o a la administración (dgt o ayuntamiento)?, si sale resultado 0,0, quién paga el coste de la extracción, puesto que al no haber un expediente ni unas diligencias, no pretenderás que la pague yo.
El reglamento dicen que al usuario se le daran dos pruebas. La segunda como contraste de la primera. Y en este caso asi seria. La primera prueba la desaprovecha la persona por que los agentes se la han ofrecido y encima cada prueba consta de dos soplidos. Asi que realize mal el primero puede pero que haga lo mismo en el segundo me parece una falta de respeto. Ademas en el orientativo la realizo bien a la primera por lo tanto el que comenta que igual no sabia, eso es mentira sabia perfectamente y a lo dicho me remito. Por que si desaprovecha una oportunidad se le tiene que dar otra. No lo entiendo. Se perjudica al que lo hace mal por que este usuario al dejar pasar el tiempo va a reducir la tasa lo suficiente para no ir detenido. Es injusto.
En cuanto a lo del contraste de sangre si el usuario quiero realizar esa prueba nosotros lo llevamos al hospital asi lo hacemos no lo consideramos negativa ya que no se niega a comprobar su estado sino que opta por otra via que seguramente va a ser peor para el y le va a ocasionar mas perjuicio. Translado pago de tasas y encima va a dar mas. Se le informa de todo ello pero si sigue insistiendo se le lleva esta en su derecho.
Harry, respondiendo a tu pregunta, en mi opinión, si sería negativa. Si bien yo soy de la opinión, que para ratificar aún más la negativa, se puede (no existe obligación) ofrecer el análisis hospitalario (sea el medio que sea). Pero muy extraño tiene que ser que una persona se niegue a someterse a la prueba ordinaria, y sin embargo solicite o si sea conforme a la analítica, sabiendo que tiene que abonarla. Yo tengo varias diligencias ya juzgadas y todas condenatorias, por negativa. No sé si es casualidad, pero en el 90%, la pena solicitada por el fiscal, es mayor en la que se hace mención a la negativa de realizar también análisis, pese a no tener derecho a ello habiendo sido ofrecido por los agentes. Pero quizá aporten mejor opinión estos que yo. El día a día y la experiencia se nota.
Referente a los 10 minutos, totalmente conforme con capitán.
Mazorca, sólo cuando has obtenido unos cuantos tiquets/pruebas fallidos consecutivos sin causa aparente justificada, se podría entender como una negativa. Con un solo tiquet/prueba no se puede dar nada por hecho, y menos cuando después ha hecho una correctamente.
Entre una prueba fallida y otra no hay que esperar nada más que el tiempo imprescindible para que el etilómetro se vuelva a preparar, nunca los 10 minutos que sí hay que esperar entre dos pruebas cuando la primera ha dado positivo.
Si con todo, sólo ha conseguido realizar una prueba y ésta ha dado 0,69 como es el caso, hay que darle trámite penal.
Harry, respondiendo a tu pregunta te daré mi opinión. Yo creo que las pruebas mecánicas son obligatorias, al menos así queda patente en el RGC, y la prueba en sangre es voluntaria y de contraste. Ahora bien, qué queremos determinar? Se trata de un control preventivo o de un accidente o infracción con peligro? Tiene signos el conductor de encontrarse bajo la influencia...? En determinados casos, accedería a realizar esa prueba en sangre a voluntad del conductor y en otros no. Otros tendrán otra opinión.
Mazorca, en relacion a su cuestion planteada, y siguiendo la linea de Pacorro, someteria a una tercera prueba.
El hecho de que una prueba de las realizadas, resultase con resultado fallido, no siempre implica que no quiera soplar o se entendiese por negativa, en ocasiones la sintomatologia o signos externos del conductor, le impida la total finalizacion de la misma.
Podriamos entrar a debatir si lo hace intencionadamente o no, pero las negativas deben ser taxativas y claras, NO DESEA SOMETERSE, en caso contrario adjuntos tikets fallidos y una muy buena sintomatologia.
Un saludo.
Aprovechando el post:
¿si el conductor se niega a someterse a la prueba de deteccion alcoholica por aire espirado?
No pesenta dificultad fisica alguna.
Pero si desea someterse a la extraccion de sangre o analogas:
¿Lo considerais negativa, dado que la extraccion de sangre es de contraste a la de aire espirado?
Para ti, la interpretación del resultado “intento fallido”, es igual que “no quiere soplar bien”. Las personas no somos máquinas, tenemos fallos, no nos realizan la prueba de alcoholemia todos los días, incluso algunos, solo la realizan un par de veces en su vida, por no decir que existen conductores que comentan que no hicieron la prueba nunca en su vida. Teniendo en cuenta eso, no puede ser que no se le haya explicado bien como hacer la prueba. También puede ser, que se le haya explicado perfectamente, y como era un poco listillo y sabía que había bebido, no la realizó correctamente a sabiendas.
De todas formas, después del intento fallido, consiguió hacer bien la prueba. No creo que exista ningún problema en intentar una tercera. Si a mí como usuario, me ofrecen una tercera prueba, con la advertencia de que la primera ha resultado fallida, tendré que realizarla, puesto que la primera no se considera realizada hasta que se obtiene un resultado, por lo que la primera prueba solo se tendría en cuenta en el caso de que no se negara a hacer la segunda prueba con la obtención de un resultado (en este caso tercera), o en el caso de que se instruyeran diligencias por negativa a hacer la prueba, en las que se aportaría en ticket de prueba fallida, y la negativa a realizar otra prueba tras la obtención del resultado de 0,69. En estas diligencias también tendría que negarse a realizar la prueba de contraste, por haber obtenido un resultado. Pero si se niega a hacer la prueba (tercera), también se negará a hacer la extracción.
La prueba de aproximación de 0,84, olvídate de ella, a no ser que tengas una prueba escrita del resultado.
Hola. Haber si alguien me puede informar algo sobre esto. En una etilometria de precision (tras haber dado en el orientativo 0.84 mg/l) le hacemos la primera prueba y no consigue soplar bien ninguno de los dos intentos dando la primera prueba fallido, es decir no quiere soplar bien. Se esperan 10 min y se hace la segunda prueba dando 0.69 mg/l. Se podria detener?. Yo considera que asi el usuario se le han realizado las dos pruebas desaprovechando la primera, por que ha querido el.