Se producirá una ganancia patrimonial por la diferencia entre el valor de compra y el de venta, aplicándose unos coeficientes correctores en función de la antigüedad de la vivienda. Efectivamente si no reinviertes la ganancia, tendrás que pagar por dicha ganancia un 18 %, aunque como dije, parte de la ganancia puede estar exenta en función del tiempo en que se ha generado.
debido a como está el Euribor me veo obligado a vender el chalet en el que vivo. Lo quiero vender por 158000 € y mi intención es que se escriture en ese precio. Pero el problema es que cuando pague la hipoteca y la plus-valia pendiente sobrarán aún 8000 €. De cara a hacienda creo que tengo dos años para reinvertir ese dinero en la adquisición de una nueva casa, pero como está la cosa será imposible. Por eso quería preguntar, si destino ese sobrante a pagar préstamos personales (uno era para mejoras en la casa y el otro un coche de segunda mano) me penalizará haciendapor no haberlo reinvertido en vivienda nueva?.