Quiero realizar una consulta puesto que de tema laboral no tengo ni idea.
Mi mujer lleva empleada en su empresa desde el año 2001, con contrato indefinido. El 21/11/2012 la empresa comenzó un ERE de reducción de jornada (y salarios) del 30%, de duración 24 meses. A ella el ERE no le afecta porque dio a luz el 19/10/2012, y por tanto desde dicha fecha hasta el 07/02/2013 estaba con el permiso de maternidad de Seg. Social. Además el ERE sigue sin afectarle puesto que desde el 08/02/2013 hasta el 07/03/2013 disfruta de las vacaciones de 2012, que las reservó para juntar con los 4 meses de maternidad. La empresa está de acuerdo con esto y le ha confirmado que sigue sin afectarle el ERE. Y desde el 08/03/2013 y hasta el 30/09/2013 coge excedencia por lo que al suspenderse el contrato de trabajo por ese tiempo, tampoco le afecta el ERE.
El caso es que la semana pasada se ha enterado por sus compañeros que el administrador único de la empresa la ha vendido ante los problemas y dificultades que estaba atravesando y la ha comprado otra empresa (o grupo de empresas) y las especulaciones ante la incertidumbre son variadas. La cuestión concreta es si, mi esposa, cuando finalice el periodo de excedencia y el 01/10/2013 vuelva a incorporarse a su puesto de trabajo le confirman los nuevos dueños de la empresa que prescinden de ella ¿podría verse en el paro pero sin cobrar ningún tipo de indemnización? Es decir, si la empresa la despide la tienen que indemnizar pero ¿puede haber algún supuesto al que pueda acogerse la empresa (ERE, quiebra, cierre de empresa, etc.) por el cual mi mujer iría al paro pero sin cobrar indemnización? ¿O en caso de que se den circunstancias de este tipo el FOGASA se haría cargo de la indemnización?
En simuladores que hay por Internet indicando que su contrato comenzó el 01/10/2001 y finalizara el 08/03/2013 y con un sueldo bruto aprox. de 20.000 euros, sale que por despido improcedente la indemnización rondaría los 25.000 euros (45 días), pero en otros supuestos (si marcas en los simuladores 20 días, da sobre los 12.500 euros).
En definitiva, e insisto, ante el desconocimiento total en materia laboral, lo que quiero es saber en el peor de los supuestos ¿cuál sería la indemnización a la que tendría derecho (si puede ser cero euros, no vería un duro, porque quizá haya supuestos a los que recurra la empresa para que ésta no pague indemnización y el fogasa tampoco responda o en el peor de los casos se quedaría con esos 12.500 euros aprox. que indican los simuladores para indemnizaciones de 20 días con los datos introducidos de su contrato y sueldo bruto)
Muchisimas gracias a los entendidos en la materia que dedicais tiempo y esfuerzos en aclarar las dudas.