Mi madre ha heredado una parcela de sus padres, que figuraban como titulares catastrales de la misma, disponiendo de escritura pero sin inmatricular. Se presentó el impuesto de sucesiones como prescrito, pero figurando dicha parcela con datos catastrales y descripción de ubicación y superficies. Dicha parcela se incluyó en en el cuaderno particional notarial en su momento. Al realizar ahora el expediente de doinio para registrar dicha parcela, nos dicen en la oficina liquidadora, que si bien estaba prescrito el impuesto de sucesiones que presentamos en su momento, debemos liquidar impuesto de transmisiones patrimoniales. Saludos.