Sr. Luís M. Le quiero comentar, más que nada para que tenga clara la situación de la persona con la que tuvo el incidente en el pub, que lo que ud. denomina portero probablemente no estaba investido de ninguna autoridad especial, más allá de la que pueda tener cualquier ciudadano normal y corriente que se encuentre a cargo de un establecimiento de ese tipo.
A las personas sólo se les puede impedir el acceso a estos establecimientos o echar de ellos por razones de aforo, por no cumplir con ciertos requisitos de vestuario que deben estar expuestos en el acceso del local, o por haberse superado los horarios de cierre de los mismos.
En cualquier caso, aún y estando legitimados los responsables de dichos lugares a solicitar a una persona que abandone el establecimiento cuando se supera el horario de cierre, la actuación en caso de negativa del cliente, siempre que ésta sea contumaz, sería avisar a las fuerzas de orden público para que se hicieran cargo de la situación y, en su caso, denunciaran a dicho cliente por una presunta falta de allanamiento de establecimiento público (en el peor de los extremos).
Las funciones de vigilante de seguridad de este tipo de establecimientos, realizadas por profesionales, siempre han de ser realizadas por empresas de seguridad previamente habilitadas por el Ministerio del Interior para realizar dichas funciones, y sus miembros deben realizarlas siempre vistiendo el uniforme reglamentario, por lo que si lo que ud. llama portero iba vestido como una persona normal y corriente, no era más que un empleado del local sin legitimización especial para ejercer funciones de seguridad.
El art. 1.2 de la Ley de Seguridad Privada dice:
"A los efectos de la presente Ley, ÚNICAMENTE PUEDEN REALIZAR ACTIVIDADES DE SEGURIDAD PRIVADA Y PRESTAR SERVICIOS DE ESTA NATURALEZA las empresas de seguridad y el personal de seguridad privada, que estará integrado por los vigilantes de seguridad, los jefes de seguridad y los escoltas privados que trabajen en aquéllas, los guardas particulares del campo y los detectives privados."
El art. 5.1 dice:
"Con sujeción a lo dispuesto en la presente Ley y en las normas reglamentarias que la desarrollen, las empresas de seguridad únicamente podrán prestar o desarrollar los siguientes servicios o actividades:
a)Vigilancia y protección de bienes, establecimientos, espectáculos, certámenes o convenciones.
b)..etc....."
El art. 11.1 dice:
"Los vigilantes de seguridad sólo podrán desempeñar las siguientes funciones:
a) Ejercer la vigilancia y protección de bienes muebles e inmuebles, así como la protección de las personas que puedan encontrarse en los mismos.
b) Efectuar controles de identidad en el acceso o en el interior de inmuebles determinados, sin que en ningún caso puedan retener la documentación personal.
c)..etc..."
El art. 12.1 dice:
"Tales funciones ÚNICAMENTE podrán ser desarrolladas por los vigilantes integrados en empresas de seguridad, VISTIENDO EL UNIFORME Y OSTENTANDO EL DISTINTIVO DEL CARGO que sean preceptivos, que serán aprobados por el Ministerio del Interior y que no podrán confundirse con los de las Fuerzas Armadas ni con los de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad."
Dicho esto, y aclarado que esa persona seguramente no ejercía como vigilante profesional, habría que valorar el caso concreto, que, a la vista de lo que ud. cuenta (y no dudo), parece un claro caso de falta de lesiones (o delito, dependiendo de su alcance).
Aportando pruebas de que dicha persona realiza la actividad mencionada en ese establecimiento, de la manera que le sugieren los compañeros de foro o por sus propios medios, no sólo podrá saber quién fue el agresor, con su reconocimiento (denunciándolo a la policía, ya que muchas veces desaparecen cuando llega esta última al lugar de los hechos), sino que además pueden sancionar, a mi juicio, al establecimiento por tener a personal no acreditado realizando dicha función.
Gracias a todos. Gracias Rus.
El daño físico no fue mucho pero fue algo, además comprendo que la indemnización sería poca cosa, pero me bastaría con que me dieran la razón, aun sin indemnización, con que le dieran ese pequeño tirón de orejas me bastaría, en serio, que le den una lección, por eso sólo. No sólo es daño moral solamente, también no sé si tengo razón pero he sido cliente del local y como cliente me siento, no sé como expresarlo, pisoteado.. Considero que se lo merece, de veras que para que otro día se lo piense, pues son muchos los casos de abusos de "porteros macarras". Lo que preguntaba ¿y si consigo una prueba gráfica mismo del sujeto en el local? ¿valdría para aportar?. Gracias de nuevo.
No pasa nada, te comprendo. Preguntaba porque me chocó el cambio de nick. Este foro es el adecuado para plantear un tema de agresiones, y te será de más ayuda, porque quizás haya algún compañero que no entre en el de civil.
En cuanto a lo que te puede costar un abogado, en la web del Colegio de Madrid (www.icam.es, servicios al ciudadano), se habla de un servicio gratuito de consultas, pero es "a posteriori", es decir, si no estás conforme con lo que te cobraron, así que no sirve de mucho.
No soy de Madrid y no tengo acceso al libro de honorarios. En mi colegio, los honorarios van en función de cada actuación.
Al parecer, el daño no es mucho, así que probablemete quedará en una falta. En este caso, aunque yo siempre recomiendo ir con abogado (para evitar indefensión, que a veces los jueces y fiscales no ayudan mucho al ciudadano), debes valorar lo que te va a costar (en este procedimiento no hay costas, así que ganes o pierdas, corres con tus gastos).
Comprendo que estés indignado, pero realmente el daño físico no fue mucho (y el moral no sé si lo apreciarán), así que poco vas a ganar de indemnización, y al agresor tampoco le van a poner una multa muy alta (si se la ponen, que puede ser condenado sólo a localización permanente).
Para que sea delito, tiene que haber, además de la primera intervención, tratamiento médico o quirúrgico, (ahora no recuerdo si te habían puesto puntos).
Lo que puedes hacer, si no te convencen las explicaciones que aquí te demos, es ir a un abogado de Madrid (alguno que en el anuncio ponga penal, pero tampoco necesitas ninún experto) y hacerle una consulta, que te oriente un poco, y después, quizás no personarte, dejar que sea el Fiscal quien acuse.
Y lo que apunta PPPB, acerca de acudir a un Detective Privado, me parece una buena idea; quizá sólo se tratase del "maromo" de la camarera (a veces pasa), que la ayudaba a cerrar pronto.
Sr. Luis M., no dudo que el agredido sea usted;pero no creo que se deba descartar la posibilidad de que el agresor, ante la rotura de un vaso por el que ambos forcejeaban, resultare también herido; y eso, en mi opinión, sería un dato a tener en cuenta.
Hola.
Sé lo que sientes y puedes ponerte en contacto conmigo si quieres a mi correo alarcon@yahoo.com, lo malo es que estoy en Barcelona, pero te informaré gustoso. Sobre todo si te ha quedado alguna duda o pregunta sin responder de tu consulta tanto aquí como en la otra que hacías en el otro foro. Un saludo.
Buenos días otra vez.
Sí, tengo parte de lesiones, era el portero porque en nombre del pub me mandó terminar la consumición y abandonar el lugar, agrediéndome luego y echándome. No cobran entrada y si le pareció raro o no a la policía no lo sé, el no me contó su parecer porque yo me fuí directo a la ambulancia del SAMUR. El atestado lo habrá presentado el policía donde estimase oportuno, yo no lo he visto ¿es obligado que lo enseñen al agredido?. El sujeto no resultó herido, evidentemente, porque a quien agredió fue a mi. Los agentes entraron e interrogaron a la dueña del local, no sé qué más hicieron. Mis acompañantes claro que testificarán sobre todo lo que ocurrió. ¿valdría de algo hacer una foto al portero delante del pub otro fin de semana cualquiera, en la que figure el individuo bajo el rótulo que dice el nombre de dicho local?. Necesito me aconsejen por favor, de en qué términos puedo hacer la denuncia, me siento fatal por el trato y ahora parece que lo tengo dificilísimo. Estos son unos macarras y encima lo tengo más difícil que él, encima de ser la víctima. Aconséjenme sobre eso, por favor, siento que han tirado y pisoteado todos mis derechos como cliente, ciudadano y como todo. Sólo pido eso Rus y lo agradezco muy sinceramente. GRACIAS a todos.
Pura curiosidad. ¿Ibas con Francisco Morate o sois la misma persona?. Es un poco frustrante ver que las respuestas a este mensaje en otro foro no han servido para aclarar nada.
Yo intentaría por mí mismo o a través de otros, (incluso un Detective Privado si fuera necesario), confirmar en fines de semana siguientes la presencia del agresor y la actividad que realiza.
Entre otras cosas, claro, como todas las que menciona la forera Ana F, entre ellas, depende de la actividad para la que tenga licencia la actividad y del número de aforo, probablemente debería contar preceptivamente con un servicio de seguridad privada, con empresa reconocida, etc...aunque en la realidad no suele ser habitual.
Supongo contará con el testimonio de sus acompañantes.
¿sabe con certeza que el sujeto era el portero del pub? ¿conoce a otros clientes que puedan afirmar que ese individuo hace las veces de portero del local?
¿qué hicieron los agentes que se personaron?
Tendrá parte de lesiones ¿no?.
El sujeto, además, supongo que resultaría herido en el forcejeo.
La Policía ¿se limitó a interrogar a la camarera? ¿a nadie más?
Buenos días, necesito me aconsejen sobre el hecho siguiente que me ocurrió en un pub de Madrid, calle Campoamor (A. Martínez).
Entramos, pedimos una consumición, a los 10 mins pasa el portero diciendo que hay que ir acabando ya. Vuelve a pasar y me dice, venga de un trago y le digo que de uno o de un par como mucho lo termino, a lo que me responde si no lo terminas tu te lo quito igual y encima te vas a la calle, ni tiempo me dió a contestar: me agarró el vaso y, como yo no lo había soltado, apretando con su mano lo rompió produciendome varios cortes en la mano derecha y empujándome me arrastro fuera del local. Ya fuera, cerrándome la puerta le dije voy a llamar a la policía, esto no queda así a lo que me amenaza diciendo que si llamo a la policía me revienta. Cierra la puerta llamo a la policía, entro con los agentes en el local y la camarera afirma que estuvimos alli pero que no tiene a ningun portero trabajando allí. Yo, por supuesto, voy a denunciarlo. Quisiera que, por favor, me aconsejen, ¿llegará esto a alguna parte? ¿en qué términos me aconsejan que haga la alegación ante la policía?. A ver si me pudieran decir, cuanto, aproximandamente, me cobraría un abogado en Madrid por llevarme el caso, más que nada por que estas cosas no se pueden permitir.
Gracias.