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Agotados dias de ere

1 Comentarios
 
Agotados dias de ere
18/01/2013 13:07
Hola, me gustaria que me ayudasen con unas dudas que plantea el ERE suspensivo de mi marido.

Resumen: Trabajador fijo durante 7 años, la empresa plantea ERE suspensivo a 7 trabajadores de fábrica desde agosto 2011 a agosto 2012, duración máxima de 180 días.. Como la cosa no mejora se negocia nuevo ERE suspensivo a los mismos trabajadores desde agosto 2012 a agosto 2013, esta vez de duración máxima de 120 días.
Problema: Por mala gestión de la empresa, algunos trabajadores ya han agotado los días de supensión acordados y la empresa quiere que los trabajadores asuman de su paro generado, los días de supensión que puedan sobrevenir de aquí a agosto, con la excusa de que los días que pierdan los recuperarán trabajando.
Preguntas:
1.- ¿Es eso cierto? ¿Durante cuanto tiempo seguido hay que trabajar para poder tener derecho a la reposición de los días perdidos?
2.- Al haber tenido un primer ERE sin que haya habido despido ¿Ha perdido los 180 días? ¿Ha generado una nueva bolsa de paro?
3.- Si se niega a asumir los dias de suspensión que propone la empresa y lo despiden, ¿que paro tendría?

Se que son muchas preguntas, pero me gustaría tener respuestas a la mayor brevedad posible, pues en la empresa no hay representación legal y mi marido forma parte de la comisión en representación de los trabajadores.
Muchas gracias
18/01/2013 15:22
No es que sean demasiadas preguntas, sino que yo creo que tienen muchas confusiones en cuanto a la reposición.

Dice: "ya han agotado los días de supensión acordados y la empresa quiere que los trabajadores asuman de su paro generado, los días de supensión que puedan sobrevenir de aquí a agosto". ¿Cómo asumir de su paro generado estos días que faltan hasta agosto? Todo el tiempo que han cobrado prestación de desempleo por suspensión ha sido a cargo de la prestación que le correspondiese a cada uno en función de sus cotizaciones. La verdad que no entiendo a que se refiere.

"¿Durante cuanto tiempo seguido hay que trabajar para poder tener derecho a la reposición de los días perdidos?" Está completamente confundia. No se trata de trabajar para tener derecho a la reposición. Se tiene derecho a la reposición (habrá que ver las fechas claro) si después de aplicar un ERE se produce un despido.
"Si se niega a asumir los dias de suspensión que propone la empresa y lo despiden, ¿que paro tendría?" Vuelvo a repeter que no se a qué se refiere con asumir de "su paro" los días de suspensión que quedan.

"Al haber tenido un primer ERE sin que haya habido despido ¿Ha perdido los 180 días? ¿Ha generado una nueva bolsa de paro?" Tampoco tengo claro a qué se refiere con la bolsa de paro. Lo que si que le puedo decir que para tener derecho a la reposición de hasta un máximo de 180 días la suspensión del contrato o reducción de jornada deberá tener lugar entre el día 1 de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2012, y la extinción de la relación laboral deberá producirse entre el día 12 de febrero de 2012 y el 31 de diciembre de 2013, ambos inclusive.

Salvo mejor opción.