Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Agosto

7 Comentarios
 
01/09/2006 16:47
Y si la mutua insiste en que el alta está bien dada, ¿ qué plazo hay desde que contestó la mutua para demandar a la misma por alta indebida?

Y si no cambian la contingencia puesto que mi cliente está de baja en la S.S tras darle la mutua ese alta ¿debo demandar a la S.S? ¿Que plazo hay?
03/07/2006 18:03
Discrepo con LadyHalcon por completo. Récibida el alta médica se tiene un plazo de 30 días para impuganarla. Presentar la Reclamación previa ante el INSS o la MUTUA paraliza este plazo. Tienen para resolver 45 días, rectifico, sorry. Art. 71.1 LPL. Pasados esos mismos, tienes un periodo de 30 días para interponer demanda
03/07/2006 13:06

El plazo general de impugnación ante el contencioso administrativo para actos presuntos ( los producidos por silencio administrativo) es de seis meses desde que finalizó el plazo para contestar.
03/07/2006 12:31
Brenetica ¿y que plazo hay para poner la demanda si no contestan?
03/07/2006 11:25
una cosa es lo que tarde y otra el plazo que tiene para responder.
03/07/2006 11:21
una determinacion contingencia tardo doce meses en contestarme la ss
03/07/2006 11:09
Agosto sí es habil porque el trámite que realizas es administrativo. Tienen 30 días para resolver. Si pasados esos días no tienes respuesta interpon la demanda judicial en el social
Agosto
03/07/2006 10:19
Voy a solicitar un cambio de contingencia y una impugnación de alta médica. ¿Cuánto tardan en resolver? ¿Es agosto hábil?