En breve me tengo que dar de alta como autónomo para trabajar como agente de seguros. Me han comentado que no será un contrato laboral sino un contrato mercantil.
Solo trabajaré para ellos, por lo que mi situación se corresponderá con Trabajador Autónomo Económicamente dependiente (TRADE).
Aquí viene mi consulta:
¿Estoy obligado a darme de alta como TRADE?
¿Si no lo hago en que me perjudicaría?