Me gustaría saber, si depués de que la Audiencia Nacional estima parcialmente un recurso del TEAC, en el cuál le dice a la agencia tributaria que no ha liquidado bien unas actas; ¿que plazo tiene la agencia tributaria para modificar, rehacer o hacer nuevas actas (cosa que dudo también si tiene que hacer actas nuevas o por el contario las puede modificar) después de haber notificado al contribuyente? "Gracias"