Compañero es evidente que los pagos están realizados correctamente, y te explico, estaba en régimen especial de trabajadores autónomos y tras una inspección le han dicho que estaba en régimen indebido y tiene que realizar los pagos del régimen general. Pienso que no debería de pagar dos regímenes o se compensa o se devuelve y se realizan los otros pagos. Que opinas ?
Aunque no aclara de que regimenes se trata, ni el motivo por el que se le desestima, supongo que para que le estimen la devolución tendrá que acreditar primero que ha hecho el pago del régimen correcto para esos períodos. Lo que no van a hacer es devolverle lo pagado al régimen incorrecto con el riesgo de que luego no pagase por el otro régimen.
He estado leyendo varios temas y me parece un foro muy interesante, estoy encantado de poder participar.
Me encuentro con un tema que aparentemente parece fácil espero que podáis aconsejarme.
En resumen, es un tema sobre afiliación a un régimen indebido, creía que los pagos realizados a este régimen al declararse indebido tenía derecho a la devolución de los mismo, art. 60 reglamento general de afiliación o art. 26 DRL 8/2015, pero al plantear recurso para dichas devoluciones me lo desestiman. Quiero plantear recurso contencioso y me gustaría que me aconsejarais. Gracias.