Hola, en una sociedad limitada quieren poner de administrador a una persona ajena a la sociedad (sin participaciones) Des esta menera, se ahorrarían el autónomo por no tener participaciones en la sociedad? Resulta que hablamos de una empresa de los hijos y donde el padre será el administrador (pero no socio) ¿Cuál sería el régimen de esta persona?
Muchas gracias.
Se encuentran en el Régimen General como asimilados trabajadores por cuenta ajena,
pero sin derecho a la protección por desempleo ni Fondo de Garantía Salarial, los
consejeros y administradores, siempre que no tengan el control efectivo, aunque el desempeño de su cargo comporte la realización de funciones de dirección y gerencia de la sociedad, siendo retribuidos por esto o por su condición de trabajadores de la sociedad
De todos modos habría que estar al alcance de los poderes conferidos ante notario para confirmar lo dicho, pues como indico "... siempre que no tengan el control efectivo..." de la sociedad.