Hay ADMINISTRADORES (los menos) y "administradores" (los más), y para algunos "administradores" la Ley por más clara que el agua que esté, está para saltársela a su conveniencia PERSONAL. Lamento el comentario pero desgraciadamente es así en la realidad. Ver ANUNCIO titulado CUOTAS del pasado martes 20.
Continuando con lo anterior, estoy de acuerdo con helpman, pero la junta debe ser para plantearse si el admistrador está cumpliendo con las funciones que le corresponden y si no es así prescindir de él.
Según el artículo 20.2, entre las funciones que le corresponden al Administrador es ..."custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad". Más claro agua. Como propietario puedes ver toda la documentación, al fin y al cabo los gastos de la comunidad incluído el sueldo del administrador sale del bolsillo de los propietarios ¿o no?. Espero haberte servido de ayuda. Un saludo
convocar una reunion de propietarios para tratar de aclarar las cosas.
Segun la LPH:
La Junta de propietarios se reunirá, por lo menos, una vez al año para aprobar los presupuestos y cuentas y en las demás ocasiones que lo considere conveniente el Presidente o lo pidan la cuarta parte de los propietarios, o un número de éstos que representen, al menos, el 25 por 100 de las cuotas de participación.
Desearía saber si un administrador de fincas está obligado a mostrar e informar cuando se le requiera, en cualquier momento, documentación sobre los gastos y demás servicios referentes a la comunidad de unos garajes por parte de cualquier propietario de uno de ellos.
Ya que tenemos noticias de que algunos miembros de la comunidad han notado irregularidades en la misma: ejemplo; hay una persona trabajando en limpieza de los garajes sin estar dada de alta. Por este y otros motivos creemos que no nos quieren enseñar documento alguno, ni facturas que justifiquen legalmente dicho servicio. Por favor, por ello me dirijo a este foro, ¿Qué podríamos hacer al respecto? Gracias.