Posiblemente se los tienen que liquidar y comunicar. Casi seguro directamente en ventanilla le hagan el cálculo, presentando la carta de pago del principal. En c/ Martienz Campos, incluso abren por las tardes. Lo que ha dejado terminado es el plazo de aplicación de intereses.
De la Comunidad de Madrid. Es un 5% cuando son menos de tres meses y luego el 7%. Lo que no sé es en qué lugar del 650 ponerlo. Quizás me tenga que fijar un poco más en el impreso.
He rellenado el 650 con "liquidación adicional", pero no sé dónde meter los intereses de demora (entre mi primera valoración -agosto, último mes de presentación voluntaria- y el momento actual hay intereses). También me dijeron en la administración que si hacía ahora el ingreso tendría que pagar un 10% de intereses por presentarlo fuera de plazo. En realidad yo no lo he presentado fuera de plazo, he presentado la valoración que creía como cierta, admito su nueva valoración y estamos en el trámite de alegaciones. ¿por qué tendría que pagar un 10%?. No obstante haré lo que me dice, hago el ingreso sin intereses de demora (no sé dónde ponerlos) y que me indiquen ellos cómo pago el resto.
Raro es que le digan que no admiten pagos a cuenta. Si toma el modelo 650, en la parte superior hay un recuadro para "liquidación parcial" y otro "liquidación adicional". Lo rellena, autoliquida e ingresa en cualquier banco, por ventanilla.
El modelo tiene cuatro calcos: para la comunidad, carta de pago, para el interesado y para el banco.
La carta de pago acredita que ha pagado (aunque se equivoque en las operaciones )
Presenté una autoliquidación del impuesto de sucesiones con algún error de cálculo de los bienes. Acepté la nueva propuesta de la administración pero, antes de hacer la liquidación, el juez ha distribuido la herencia de forma distinta a como teníamos previsto los herederos. Yo salgo más beneficiada (50%, frente al 33%) con esta distribución, pero la otra parte ha presentado apelación. He pedido a la administración que me deje completar la liquidación del impuesto (33%) hasta que el juez resuelva, para evitar pagar intereses de demora, al menos en la parte que es seguro me corresponde. Sí la Administración no me ofrece esa posibilidad (si para el procedimiento) ¿cómo podría yo ingresar esa cantidad por mi cuenta?.
Espero que me ayudéis porque estoy bastante aturdida con este tema. Quiero pagar y no me dejan y mientras siguen sumando los intereses de demora.
Gracias