tengo un caso en el cual esiste una acusacion de estafa a una chica y la unicas pruebas que presentó en el juicio son emails. Esta negó haberlos enviado
¿puede el juez admitirlos como prueba?¿Deberá absorverla definitivamente?
un email puede modificarse y no estan con firma digital yo supongo que no deben ser tenidos en cuenta aunque hayan sido presentados en juicio no?
se presentaron de forma impresa y sin firma digital. A parte de que pudieron ser manipulados no queda probado nada ya que en ningún emial aparece ni nombre ni cuenta de la chica no? o que pensais? yo pienso que con firma digital si serían validos, pero no puedes presentar unos emails impreso de hotmail asi por así y sin firma digital y los jueces tomarlo como prueba para condenarla porque sino todos podríamos acusar a cualquiera sin mas no?????????
Yo que tu impugnaba esos email, en base a que son falsos, manipulados,o que los ha podido mandar cualquiera usando el correo de tu cliente o hackeando su cuenta, etc. No creo que sea una prueba muy fiable si no lleva la firma digital.
yo siempre he pensado en eso. Un email por mucho que se quiera tiene que estar superfirmado para darlo como prueba condenatoria. La chica dice que nunca envió esos emails y ademas yo pienso en que aunque los hubiese mandado no hay pruebas como para probar que ella envió los emails aunque apareciese su nombre, cosa que no es así y no aparece en ningún lado, ya que lo primero es unir emails y denunciada por via legal y todos sabemos que es imposible. Como muy bien dice Axkorra yo pienso igual que aunque fuese la ip de la imputada, cosa que no es segurisimo, solo demuestra el ordenador desde donde se hizo y es su casa viven 6 personas y ademas ella en esas fechas cambio de domicilio. Aunque el juez admitio los email para el juicio yo pienso que a la hora de valorararlos es imposible que lo tenga en cuanta. ¿ cuantas posibilidades creeis que existe para la absolucion? yo pienso que todas ya que es imposible demostrar que los emails son de ella no?
El email en si, sin más, no puede ser prueba de cargo suficiente, pues nada acredita, como bien habeis dicho.
Pero ello no garantiza la absolución... debes recordar que la declaración de la víctima es suficiente para enervar la presunción de inocencia si reune los requisitos exigidos.
Faltan datos para poder asegurar nada... ¿Se acusa a esta chica sólo por que hay un mail con su nombre, o hay algo más? ¿En qué consiste la estafa que se imputa? ¿Cual es el engaño? ¿Cual es el desplazamiento patrimonial?
la cantidad es superior a los 400 euros. Fue una compraventa fallida en la cual el denunciante presenta como pruebas emails para demostrar que la chica es culpable. Lo que pasa que el denunciante presentó la denuncia a nombre de su madre y pidiendo dinero de la cuenta de su madre y luego en los tramites se vio que el dinero estaba en la cuenta de la chica. En estos emails no aparece nombre ni cuenta de la chica y seguro están modificados, sin firma digital y no son la realidad. El denunciante intenta creer que no quiso darle la mercancia cuando no fue así. Hubo un preacuerdo por email. En el juicio ella nego todos los emails y dijo que si hubo un preacuerdo y que el denunciante sabia que tenía la compra o el dinero, por motivos no pudo llegar a su efecto y al final tuvo que devolverle el dinero ya que cuando se entero ya estaba imputada y lo que hizo fue devolverle dinero mas intereses.
el denunciante presento como pruebas:
1º- emails: no tienen firma digital y seguro que estan modificados y no tiene forma de probar que fue ella ni aparece nombre ni nada.
2º-un burofax: en el cual pide el dinero a su madre y a la cuenta de su madre cuando en realidad lo metió en la cuenta de ella y a ella nunca se lo pidió y sabia perfectamente todo.
3º- la cuenta de alla en la que aparece la cantidad de dinero.
en los emails se citan cosas que no fueron así y para encima no aparece ni nombre de ella ni nada, no tiene forma de demostrarlo y sin firma digital no tienen porque ser validos y ella por su puesto dijo que no los envió. En el peor de los casos la ip solo demuestra el ordenador y no la persona que lo envió y es que ni siquiera aparece la ip. Sin emails solo queda el burofax en el cual pide el dinero a la madre y que lo metió en la cuenta de la madre y no fue así y el dinero ingresado en la cuenta que la chica dijo que tras la compraventa y como no dio tiempo a su efecto por se imputada le devolvio dinero e intereses.
es la palabra de él contra la de ella. UNA COSA: el no se presentó en el juicio como denunciante ya que retiró todos los cargos y fue como testigo ya que sigió el fiscal. yo digo que no existen pruebas y los emails no son validos.
por regla de tres cualquiera podría enviar emails o modificarlos, inventar una historia y el juez que le de la razón. Yo pienso que no es así y lo primero es relacionar emails con imputado y sino es así absolución no?
Dexter, dices, "la declaración de la víctima es suficiente para enervar la presunción de inocencia si reune los requisitos exigidos." En mi opinión, eso sólo se aplica en los delitos de violencia de genero.
En derecho general, y salvo que sea una autoridad publica, la simple declaración no sirve para enervar la presuncion de inocencia. Sino hay otras pruebas, no dejara de ser una simple declaración y debe regir el principio "in dubio pro reo" siempre. En caso de la menor duda, siempre a favor del reo. Por la máxima de que más vale un culpable libre que un inocente preso. Y esto estoy totalmente de acuerdo de que nuestro derecho español sea tan garantista.
Ya nos contaras el resultado, Filfis2008. Pero yo creo que sí, sino hay pruebas contundentes, libre absolución.
es que sin los emails solo queda el burofax que pide el dinero a la madre y la cuenta de la madre y solo esta metido el dinero en la cuenta de ella y el denunciante no se lo pide a ella y es su palabra contra la de ella, yo también pienso que debería ser la absolución para la chica.
si fuera como dexter cualquiera con un email y su declaracion podría condenar a cualquiera a ver que pasa
Azkorra, te sigues cubriendo de gloria... según tu, si yo te atraco a punta de pistola, tu palabra no va a ser suficiente para condenarme, aunque me reconozcas en una rueda de reconocimiento, de forma tajante y concluyente?? Iríamos listos en este pais, y en cualquier otro, si la declaración de una víctima no sirviera para enervar la presunción de inocencia. Eso no es ser garantista.
filgis, yo no digo que vayan a condenar; yo digo que la exclusión del e-mail no implica que no haya ninguna prueba... la prueba es la declaración de la supuesta víctima... ¿por que iba a denunciar si no creía que estaba siendo estafado? ¿Tenia algo contra esta chica? Este caso en particular, habrá que ver si realmente había una intención de estafar, de obtener un beneficio ilícito, o no. Parece ser que ha devuelto el dinero, hasta con intereses... eso podría excluir el ánimo de lucro. Luego parece que hay un incumplimiento de lo que se había preacordado... cual es el motivo del incumplimiento?? Es ajeno a su voluntad, o cuando llegó a ese preacuerdo, por el que solicitó un dinero, ya sabía que no podría cumplir su parte??
Las estafas pueden ser más complicadas de lo que parecen, máxime teniendo en cuenta que en muchas ocasiones nos encontramos en la frontera con el incumplimiento civil.
lo que pasa que lo que dicen los emails es una cosa y el preacuerdo es otra
otra: si yo meto dinero en una cuenta se lo pido a quien se lo meto no a su madre ni a su hermana ni tampoco denuncio a su madre o a su hermana si no a la chica donde meto el dinero.
lo que pasa que el dice que no le queria devolver la mercancia, pero eso no era sí el sabía que tenía el dinero o la mercancia tal y como dijo en el juicio. lo que pasa que el ahora con los email quiere creer que el preacuerdo era otro. A parte el tenia el nombre, direccion y telefono de la chica, con un simple burofax a su nombren pidiendo el dinero se arreglan las cosas tal y como dijo en el juicio. y ademas el tenía el dinero cuando quisiera sola tenia que pedirlo
Tu no has visto muchas ruedas de conocimiento. Yo he visto una hace poco donde identifican a un frases rubio entre varios marroquies moneros, eso no demuestra nada. Además, no será "una mera declaración" y aun asi no basta para condenarle. Ya te lo dire cuando salga la sentencia. La mera declaración no basta.
Ya nos contara si lo condenan o no. Yo digo que no.
si mañana yo mismo imprimo emails con declaraciones que no fueron hechas por dexter pero las pongo yo y lo denuncio, entonces por regla de tres ¿ya tienen que condenar a dexter? ya que mi declaracion valdría no? no tiene sentido yo digo que azkorra tiene razón y por otro lado el denunciante es el que tiene que demostrar las cosas no?
Asi es la carga de la prueba resisde en la parte actora.
Si Dexter tuviera razón, tal como dice, las carceles estarian llenas de gente, no habría sitio para meter a toda la gente.
En derecho penal, siempre in dubio pro reo, tiene que haber pruebas tajantes, indicios muy claros para que halla una condena, no bastan meras declaraciones. Las declaraciones cada vez tienen menos peso, sobretodo cuando los jueces saben que hay tanto testigo falso y que la gente miente mas que habla. Y lo del email yo creo que teneis que impugnar esa prueba.
Pero siempre debes dejarte asesorar por tu abogado, el peor abogado del mundo es mejor que cualquier policia, es cuestión de mentalidades.
Mi si preguntas a un fiscal, veras que piensa todo lo contrario a lo que puede pensar un abogado. Y los dos son licenciados en derecho, pero hay un mundo enorme entre unos y otros. Uno te dira una cosa y el otro te dira todo lo contrario. Tu debes confiar siempre en tu abogado.
Tu inexperiencia es la que te delata. Yo soy abogado, no policía, aunque te adelanto que no me ofende ni mucho menos la confusión.
Si me montan una rueda de reconocimiento con un rubio acompañado de marroquíes, ya te digo yo que esa rueda no se hace. El letrado que la permitiera demostró muy pocas tablas.
Por cierto, las cárceles españolas ya están llenas, y el 90 % (o más) son inocentes. Están allí por culpa de su abogado.
El in dubio pro reo está ahí, pero cuando se trata de defenderlo a capa y espada recuerdo una anecdota que me explicaron hace años, según la cual un magistrado de la audiencia condenó a un delincuente habitual. El Letrado defensor, como entonces eran pocos y se conocían todos, en una tertulia le sacó el tema al Magistrado, quien le reconoció que aunque sabía que aquél delito no lo había cometido el condenado, lo había condenado por todos aquellos que sí sabía que había cometido pero no habían llegado a ser juzgados. Ni que decir tiene que eran otros tiempos, y otras idiosincrasias; los magistrados de las audiencias hoy en día suelen ser bastante más garantistas.
La referencia a abogados y policías que haces, es una auténtica sandez. Sin comentarios.
Vete aprendiendo que fiscales y jueces van juntos a tomar el café.
fligis, lee mejor mis mensajes... yo no digo que haya ninguna regla de tres, y no dudo que pueden absolver a la chica de la que hablas. Hay más variables... no va a bastar con que imprimas un mail "falso" con mi nombre, pero si resulta que hemos llegado a un acuerdo, tu has cumplido tu parte (pagar), y yo me quedo el dinero sin cumplir la mía, algo hay. Será una estafa o un incumplimiento civil; ante la duda, sin duda hay que tirar por lo civil. Pero hay que generar esa duda. Aquí lo habeis hecho, no ya negando la veracidad de los mails (que había que hacerlo), si no devolviendo la cantidad.
Yo no pude hacer nada, porque no era su abogado en ese momento inicial del procedimiento, pero he podido ver las fotos de dicha rueda de reconocimiento cuando el procurador me translado el archivo de las actuaciones. Y como sin duda sabes, te salen las fotos de las personas que intervienen en las ruedas. Y además, me consta que no se suelen hacer muy bien las ruedas, que dejan bastante que desear.
El abogado del turno de oficio, mucho más veterano que yo permitió eso, y ademas permitió que el frances tuviera que venir dos veces a España al mes a fichar. Me dijo que no se podía hacer nada porque tenia su residencia fuera de España. He recurrido el tema a la audiencia provincial y me han dado razón, cierto que la ley dice tal cosa, pero como bien dice la audiencia, hay que interpretar la ley al cada caso concreto, y valorarlo. Ahora el frances ya no tendrá que venir a España a fichar dos veces al mes, porque tal como la audiencia dice si bien hay riesgo de fuga, pedirle que venga dos veces al mes no impedira que pueda fugarse. Con la cual la medida es inutil y le genera a este hombre un gasto economico innecesario.
Creo que cada dia que ejerzo demuestro que un abogado que es luchador consigue más que otro conformista. Los años de experiencia son lo de menos, lo importante es trabajar cada caso que tengas con todo tu esfuerzo y entrega personal.
No sé de donde te sacas esas estadisticas, no creo que el 90 por ciento de la gente que esté en la carcel sean inocentes y mucho menos que sea por culpa de su abogado.
Hay fiscales que son majos, pero no dejan de ser fiscales, y aunque fuera de la vista te tomes un café con alguno con el que tengas amistad, cuando estas frente a ellos sentado no tienen sentimientos y son un enemigo a batir.
Y coincido en una cosa, hay que generar esa duda ante el juez. Siempre recordando que es la otra parte la que tiene la carga de la prueba, tu solo tienes que revatir sus argumentos o cuestionarlos, si puedes generar esa duda razonable tienes el tema casí ganado.