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¿Acuerdo?

1 Comentarios
 
07/05/2007 17:43
Si es el caso, en la sentencia que considere el despido improcedente se condenará al empresario al pago de la indemnizacion de 45 días por año más los salarios de tramitación hasta la fecha de notificación de la sentencia (o hasta la fecha en que el trabajador se hubiera recolocado).

No obstante, el empresario tiene de plazo desde el despido hasta la conciliación para reconocer la improcedencia del despido y depositar la correspondiente indemnización en el Juzgado a disposición del trabajador, y en este caso los salarios de tramitación sólo alcanzan hasta esta fecha del depósito.

El abogado que lleve el caso es el que podrá aconsejarles lo más adecuado, ya que es el que mejor podrá valorar las posibilidades de éxito caso de llegar a juicio.
¿acuerdo?
07/05/2007 17:27
Buenas tardes
En Marzo pasado despidieron a mi compañera de una empresa de Telemarketing al amparo de una reducción de la obra ya que se habían reducido las llamadas, aunque no es así ya que se redujo el volumen al darle el servicio a otras compañías.
Les dieron 8 días por año trabajado, y se denunció. Ahora la empresa dice que les da 8 dias más por año (es decir, un total de 16) siempre y cuando retiren las denuncias. Si acepta el acuerdo ¿además de esos 8 dias por año trabajado le corresponderían los salarios de tramitación desde Marzo hasta ahora?
Si sigue con la denuncia adelante y se considera improcedente: ¿ Le corresponderían los salarios de tramitación y los días de indemnización que dictaminase el Juez? ó solo en caso de que el Juez declare nulo el despido es cuando se tiene derecho a los salarios de tramitación.

Muchas Gracias, por vuestra colaboración.