Gracias por tu respuesta Joviru,
ya lo había consultado pero no me queda claro en qué casos se puede llevar a cabo un acuerdo marco en un contrato público. Se te ocurre algún ejemplo?
Tienes que ver los artículos 196 a 198 del Texto refundido de la ley de contratos del sector público.
ACUERDOS MARCO.
Artículo 196. Funcionalidad y límites.
1. Los órganos de contratación del sector público podrán concluir acuerdos marco con uno o varios empresarios con el fin de fijar las condiciones a que habrán de ajustarse los contratos que pretendan adjudicar durante un período determinado, siempre que el recurso a estos instrumentos no se efectúe de forma abusiva o de modo que la competencia se vea obstaculizada, restringida o falseada.
2. Cuando el acuerdo marco se concluya con varios empresarios, el número de éstos deberá ser, al menos, de tres, siempre que exista un número suficiente de interesados que se ajusten a los criterios de selección o de ofertas admisibles que respondan a los criterios de adjudicación.
3. La duración de un acuerdo marco no podrá exceder de cuatro años, salvo en casos excepcionales, debidamente justificados.
mi pregunta es muy sencilla, alguien me podría explicar o facilitar algún link dónde se explique qué es un Acuerdo Marco y en qué caso procede dentro de la contratación con el sector público?