El calculo del embargo se hace sobre la base del total de la pensión y de acuerdo con el art. 607 de la L.E.Civil, lo que procede es que solicite el aplazamiento antes de que llegue el embargo, y sea Vd. el que diga la cantidad que quiere abonar.
tengo una pension por la cual cobro 1956 euros .tengo una deuda con hacienda por no haber hecho la declaracion del 2005 me mandaron la notificacion del embargo hace 3 años pero no se ha producido el embargo y quieronegociar el pago. estoy pagando una pension de alimentopo mihijo y otra a mi mujer de 250de compensatoria sobre que base se harias