Buenos dias,
Tengo una vivienda alquilada desde enero de 2015.
Cuando hicimos el contrato, no incluí ninguna clausula de subida de IPC y desde entonces, no les he subido la renta.
Me gustaría que por favor me aclararan dos dudas::
- Al hacer los cinco años, hay que hacer un contrato nuevo o se renueva anualmente?
- Aunque no figure explicitamente la subida del IPC, se puede subir lo que se indique legalmente?
- Con cuanto tiempo hay que avisar para la subida?
1.- Cuando se concertó el contrato del que nos habla la duración mínima garantizada no eran 5 años sino 3. Después de esos 3 primeros años habrá tenido lugar una prórroga de un año pasado el cual su contrato se encontrará en tácita reconducción posiblemente mensual.
2.- Si. En su caso puede subir el IPC.
3.- No hay que avisar: se aplica una vez al año en cada mes de vencimiento.
Tenga en cuenta que ya no puede cobrar lo no cobrado. Puede aplicar la subida correspondiente a los últimos 5 años a partir de enero del 2021, pero no puede cobrar lo que no cobró en su momento.
No, no es mi intención subir el IPC de los cinco últimos años...
No he realizado ninguna prorroga a la finalización de los 3 años. Pregunté en su momento a un administrador de fincas conocido y me dijo que no hacía falta, que se prorrogaba anualmente... pero sinceramente, me da panico estas cosas... Aunque los inquilinos son buena gente, quiero tenerlo todo bien atado por si acaso.
Seria necesario realizar esa prorroga que me dice?
No existe ningún problema de momento.
Mi preocupación es si el día de mañana necesitara la vivienda y que ellos puedan acogerse a que no hay una renovación para no irse o algo así.