Si usted dice "..le haya perdonado..." ¿significa que expresamente le comunicó que renunciaba a revisarlo, o simplemente se limitó a no hacer nada?
Si, puede usted revisar rentas de dos, tres y hasta de cinco años anteriores: yo le recomiendo que use esta calculadora del Instituto Nacional de Estadística:
https://www.ine.es/varipc
Ponga la fecha inicial del contrato, la fecha de revisión, y la renta inicial del contrato. Si necesita ayuda vuelva a preguntar.
Actualización de rentas en contrato de arrendamiento rústico.
Quiero actualizar la renta de unas fincas que llevaba varios años con malas actualizaciones y a veces ni se las he cobrado. Se trata de un contrato de cinco años que se ha ido renovando tácitamente en varias ocasiones.
Ahora lo que le quiero reclamar al arrendatario son las subidas de IPC de los últimos 2 ó 3 años. La duda es ¿ en qué me tengo que basar para calcular el IPC? ¿Tengo que calcular ese IPC como si me hubiera pagado todas las actualizaciones desde que se firmó por primera vez el contrato hace muchos años o hay que contar desde lo último que me ha pagado o que yo le haya perdonado?