Yo creo que el único que puede oponerse a eso es el Concesionario de la grúa o el Conductor de la misma. Yo como ciudadano se me planta delante un agente y el derecho que tengo es a pedirle su número de placa y ya está, si quieres le decimos: agente antes de darle la documentación, justifíqueme como ha llegado Vd. hasta aquí; es que se cae por su propio peso. De todas formas jesuscalzada, creo que con lo que hay montado pronto los agentes irán a pie, te pregunto: ¿crees que el coche de San Fernando es un vehículo policial?.
pacorro yo creo que te equivocas la grua no es un vehiculo policial...es un servicio contratado la grua pero me mantengo que no es un vehiculo policial para ir subido en la grua.
jesus calzada, el policía local trabaja para los ciudadanos, y le paga el ayuntamiento. la grúa municipal esta contratada por el ayuntamiento. es su servicio diario, la policía local recibe una orden de servicio, y el día que toca grúa, pues que puedo decir, pues toca grúa. no creo yo que el policía se pase en la grúa toda la mañana o todo el turno si no fuese legal y si alguién no se lo ordenara.
referente a lo de crick1953, ratifico comentarios de kapitan y franciscocordon. y al comentario de kapitan de que en otro ayuntmaniento pagaria mas, añadir:
y si en ese paso de peatones, se hubiera producido un atropello a un niño, porque el vehículo estacionado no permitia la correcta visibilidad del lateral del paso de peatones por el que el niño correctamente cruzaba, y la policía local no como causa afeciente o principal para que ocurra el accidente, pero si como causa que interviene para la comisión del mismo, fue mal estacionamiento de ese vehículo ahora retirado, y en el juzgado se dictamina que parte de la culpa (un 20%), la tiene la persona que estacionó el vehículo en ese lugar.
te pregunto, crick1953, como te quedaria el cuerpo. esas cosas que todos vemos tan lejos, y que bueno, me las cuentan por la tele. esas cosas pasan, todos los días. porque no pensamos que la policía, cuando actúa, lo hace en base a unas normas que todos debemos de conocer, y que normalmente, en el 99% de los casos aunque nos duela, nosotros tenemos la culpa de esa actuación que nos molesta.
un saludo a todos. este año pague dos. y agachando las orejas, que fueron impuestas con educación y en base a reglamentos que yo había infringido.
No hacen falta las disculpas, a veces se nos olvida que hay quien puede leer e interpretar como algo baladí y facilona esa "solución", cuando lo que entraña es más riesgos que alivios a nuestros problemas.
Kapitan, creo que la palabra delito, en estos casos se podria cambiar por infraccion o infractor, si un conductor que no sea el propietario del vehiculo, reconoce que fue él el que cometio la infraccion al dejar el vehiculo estacionado en el paso de peatones, este debe asumir la multa. Claro que este no es el caso, porque crick asume en su escrito que fue él el que cometio la infracción. Pero en el caso de que no hubieramos leido su comentario y llegara un conductor asumiendo que fue él el infractor, seria este el que correria con el tramite de la demanda y no el propietario del vehiculo. En estos casos los ayuntamientos lo que quieren es recaudar la multa y no van a mirar si fue el propietario del vehiculo el que estaciono indebidamente o fue otro conductor, pasa lo mismo con las multas por exceso de velocidad, si no te paran en el momento y te llega a domicilio puedes alegar que fue otro conductor el que cometio la infraccion.
Estoy con Kapitan y con Francisco Cordon, y como le comento kapitan no necesariamente se tiene que retirar el vehiculo por que sea un peligro, si esta mal estacionado es suficiente, y por lo que cuenta era asi.
por otro lado habria que ver en que parte del paso de peatones estaciono, por que si es en el lado izquierdo, estando en la acera si que supone un riesgo a los peatones, mientras que en el lado derecho supone menos riesgo.
Me explico, en el lado izquierdo del paso de peatones, con su vehiculo tapa la vision del paso de peatones, y repito el lado izquierdo estando de pie en la acera, en el lado que estaciono y mirando a la calzada.
Lo que ocupa un vehículo es la proyección perpendicular de sus bordes exteriores sobre la calzada -caigo en la cuenta de que no es igual plegar lo retrovisores que no hacerlo- , en un paso de peatones que se marca a sí mismo mediante líneas blancas, hitos en la acera, señales verticales, etcétera, están prohibidos el estacionamiento y la parada, creo como Kapitan que se equivocó.
Transfer, la simulación de delito es un delito, y el que induce a ello, en caso de llegar a realizarse, autor del mismo, igual que el que lo lleve a cabo.
Crick, mi intervención le parecerá lacónica comparada con la suya, pero en realidad no es necesario extenderse más. Si usted dejó su vehículo estacionado en un paso de peatones, aunque fuera sólo parcialmente, está en infracción, denunciable y retirable por la grúa. No es necesario que haya peligro. El coste ha sido barato si se compara con el que podría haber tenido en otros municipios. Todo lo demás, es pataleta.
No haga caso de todo lo que lea ni en internet, aprenda de sus errores. Reconozca humildemente que se equivocó.
En el lugar del estacionamiento del vehiculo ¿estaba demarcado para estacionar?,¿ no habia linea amarilla? si estaba demarcado para el estacionamiento habria que ver que el vehiculo no pisara ninguna de las lineas de la demarcacion, en el caso de no haber lineas de demarcacion y se pudiera estacionar habitualmente si el vehiculo no esta pisando la marca vial del paso de peatones se podria recurrir. Sobre el tema de eludir la multa como propietario del vehiculo e inculpar a otro conductor, tendrias que buscar a un conductor que se quiera responsabilizar de ello. Un pagamultas. O bien haber interpuesto una denuncia por robo.
Actuación grua municipal por estacionar paso de peatones
Hola a todos, soy bioquímico y trabajo como investigador en un centro del CSIC. Como es de imaginar mi conocimiento en leyes y temas juridicos es totalmente nulo y por ello solicito ayuda a alguna de las personas que puedan asesorarme sobre el incidente que he sufrido en Salamanca recientemente.
La semana pasada, dejé mi coche estacionado en una calle proxima a mi domicilio (donde habitualmente lo dejo) junto a un paso de peatones, cubriendo parcialmente (y solo parcialmente con el morro de mi vehiculo), un paso de peatones en una calle secundaria, sin tráfico de peatones ni otros vehiculos apenas y SIN OBSTACULIZAR NI PONER EN PELIGRO NI AL TRAFICO NI A LOS PEATONES. Cual ha sido mi sorpresa, una semana despues (pues acabo de volver de un viaje a un Congreso en el extranjero) que al ir a recoger mi coche, no lo localizé donde una semana antes pensé haberlo dejado aparcado. El no verlo alli me hizo dudar de si quizás lo había estacionado en cualquier otro emplazamiento proximo (ya que tampoco observé en las cercanías la tipica pegatina amarilla que suele dejar la grua). El caso es que tras casi 2horas de busqueda infructífera de mi vehiculo se me ocurrió la posibilidad de que hubieran sido los servicios municipales los que hubieran retirado el coche.
Efectivamente, tras llamar al Depósito de Vehiculos del Ayuntamiento de Salamanca, me comunicaron que mi coche se encontraba alli tras haber si multado el dia 25/10/09 (3 días despues de que yo lo dejara aparcado) por estar estacionado sobre un paso de peatones y que posteriormente (y digo posteriormente porque transcurrieron dos días, es decir, el 27/10/09) se procedió a su retirada por la grua municipal (hecho llamativo porque si realmente mi coche hubiera supuesto un PELIGRO PARA OTROS VEHICULOS O PEATONES deberían haber actuado de inmediato, no?)
Tras dirigirme a dicho depósito municipal de vehiculos para solicitar una explicación por la multa y la retirada de mi vehiculo y solicitando que me enseñaran una fotografía del estacionamiento de mi vehiculo en el momento de la retirada, lo unico que obtuve como resupuesta (como suele pasar en la mayoría de estos casos), que "lo que quisiera solicitar lo tenía que hacer por escrito al Ayuntamiento" y que ellos no me iban a enseñar nada ni dar ninguna explicación sobre la actuación de la grua (que parece regirse por la ordenanza municipal del ayuntamiento; ordenanza municipal que no es accesible a través de la pagina web del ayuntamiento a pesar de aparecer en dicha web como una opción de consulta).
Finalmente la broma me costó 125 euros por movilización de la grua, otros casi 40 euros por los dias de deposito mas la correspondiente multa (que aun no he pagado).
Me gustaría saber si hay alguna forma de recurrir este tipo de actuaciones por parte de la policia municipal de un ayuntamiento que me parece no solo injusto sino abusivo por el mero hecho de querer recaudar fondos para las arcas municipales (supongo que dada la actual situación de "crisis económica generalizada"). Como ciudadano me siento totalmente desprotegido frente a dicho incidente.
He consultado algunas paginas web relacionadas con el tema y he visto que hay gente que para evitar este tipo de sanciones (la multa) o poder recurrir la actuación de la grua y los cargos que se derivan de ella, alegan que ellos como propietarios del vehículo no eran los conductores del mismo en el momento de la sanción por parte de los municipales (ya que en estos casos, el conductor no está presente) y suele funcionar dependiendo de la administración o ayuntamiento en cuestión (cosa que también me parece injusta porque considero que la ley entonces se aplica con diferentes criterios según la ciudad donde vivas....)
Sin nada más, agradecería encarecidamente cualquier tipo de información que me pueda ser de ayuda para recurrir este acto que reitero me parece injusto frente a ciudadanos desprotegidos frente a lo que considero como un acto abusivo por parte del ayuntamiento.