HOLA A TODOS, A ver que opinais de esto:
Una persona compra una vivienda y aplica la deduccion por vivienda habitual del impuesto de actos juridicos.Cuando va a empadronarse no la empadronan porque la vivienda no tiene cedula de habitabilidad, la cual es otorgada más de un año después y entonces se empadrona.
Requerido por la oficina liquidadora para aportar empadronamiento, lo aporta y le dicen que está empadronada fuera del plazo de un año desde la firma de escritura por lo que no se le aplica la reducción. Creeis que es correcto? Esta persona vivia alli pero no podia empadronarse. Prosperaría un recurso basado en ello?
Desde mi punto de vista lo que le interesa a hacienda es que tu demuestres que has vivido alli, independientemente del empadronamiento. Deberías de recurrir aportando pruebas que demuestren que tu has vivido alli, independienmente del empadronamiento y de la cedula de habitabilidad. Recibos de la luz, agua, telefono, etc.