Además lo que yo preguntaba es si el acta es válida pese a infringir el art. 19 LPH, ya que tanto el secretario como el presidente han cometido un presunto delito de falsedad en documento privado.
El caso es que el Presidente a impuesto un amigo suyo no propietario de administrador. Por adjudicación directa. Yo no he ido a la asamblea. Quien da fe de lo sucedido es el secretario, no el presidente. Tengo que creer lo que dice el acta, si nadie a nombrado al secretario que la firma, solo la adjudicación del presidente. Este asunto esta subjudice.
Yo creo que el cargo de Secretario es un cargo elegible, si la Comunidad no decide acumularlo al Presidente.
En cualquier caso el cargo de Secretario puede acumularse a las funciones del Administrador si este es un Administrador externo.
En cualquier caso, deberá estarse a lo que se haya acordado en Junta.
Lo que no me parece correcto es que si la Junta nombró un Secretario, el Presidente decida por su cuenta que actue como Secretario otro propietario o percona ajena, todo a su conveniencia.
Lo acordado en Junta General de Propietarios debe prevalecer.
"puede tener presunción de veracidad el acta por que la ha firmado el presidente, cuando ha permitido que un ajeno a la comunidad actue como secretario sin serlo?"
Precisamente esa presunción viene dada por la responsabilidad del cargo de Presidente,que ha de ser un copropietario,en tanto que administrador o secretario,pueden ser ajenos a lacomunidad, o simples contratados, para ese trabajo especifico.
Si pretende anular un acta porque el secretario haya sido contratado puede intentarlo, pero seguramente no lo conseguirá. S.m.c.
Lo que dices, fontanero, es lógico, pero que pasa con el art. 19 LPH que dice que el acta se cerrara con las firmas del Presidente y Secretario. No solo con una de las firmas.
Lo que dices Vio de que secretario no es un cargo de nombramiento, creo que es equivocado, pues todos los cargos de la comunidad han de nombrarse, y a parte de eso, el caso que expongo el que hizo de secretario sin serlo fue una persona ajena a la Comunidad.
En definitiva, puede tener presunción de veracidad el acta por que la ha firmado el presidente, cuando ha permitido que un ajeno a la comunidad actue como secretario sin serlo?
El secretario no es cargo de nombramiento. Es una simple función de redactar y es el presidente el que corrige, o da conformidad a lo redactado.
La función de secretario, puede efectuarla cualquier vecino en la junta, por lo que cada junta puede tener un secretario diferente.
Yo creo que sí sería válida, ya que aunque el secretario no hubiera sido elegido legalmente, el presidente con su firma, manifiesta la veracidad de lo que se expone en ese acta que es lo importante de un acta.