Textual:
"PUNTO SEXTO:-Animales en el edificio: ante las quejas de la mayoría de los propietarios, a los cuales les resultan molestos los perros en el edificio, se les pide a los propietarios de dichos perros que los grandes lo lleven con bozal en los elementos comunes y que no bajen en el ascensor con el perro, y lo lleven con correa y cumplan las medidas sanitarias. Y se les sugiere a los que deseen alquilar su piso que no se lo alquilen a inquilinos con perro en bien de su propio piso y de la comunidad."
La verdad creo que esto ni tiene fundamento por ninguna parte (no se sabe quien es esa mayoría de propietarios, sólo se avisa a los perros que molestan y del mio no he tenido queja, no se aprueba con votos...) pero de todas formas prefiero opiones más expertas sobre si esto al no denunciarlo sienta una base para algo. Gracias.
No nos dices si esta aprobado por unanimidad, y si en el acta se refleja los votos a favor y los votos en contra. ¿Puede ser una norma de regimen interior, o lo que se ha votado es una norma para Estatutos?
Si es para estatutos se necesita la unanimidad, si es una norma de regimen interior la mayoria.
Bueno,,errores en la justicia se cometen,,,,pero tu idea de impugnar no la encuentro muy acertada en este caso,,porque si lo que quieres es impugnar que el acta no refleja la realidad,de acuerdo,tu impugnas, te gastas el dinero y dentro de unos meses el juzgado te dice que tenias razon que el acta no es correcta,,,¿que consigues con eso?, los vecinos pueden hacer un acta correcta cuando quieran para decir lo mismo,cumpliendo plazos,entregas,etc,,es decir, si denuncias las formalidades no consigues mas que gastar dinero, y que te den la razon cuando a lo mejor el presidente ya no es presidente y ha vuelto a haber reuniones bien hechas y bien reflejadas en las actas.
Por mucho que se inventen unas normas y los vecinos la sigan eso no la legaliza.
Yo tendria mi perro y no me preocuparia de nada,que sean tus vecinos los que se pongan en movimiento ,ya veras como todo se queda en agua de borrajas porque no tienen base legal alguna.
Mi duda es si puedo hacer algo, aparte de impugnar, para arreglar esto. Lo de la unanimidad y el registro público está muy bien en la teoría, pero luego te encuentras casos, como uno conocido, que compró piso pequeño en una comunidad donde en un acta anterior a su compra y sin llevar al registro los propietarios acordaban pagar a partes iguales. El compró después y su propia escritura indicaba el pago por coeficiente, pues así lo hizo durante siete años hasta que la comunidad llevó a unos cuantos al monitorio y la jueza del juzgado nº 7 de santiago de compostela ni analizó este caso particular y le toco pagar, como al resto, así que la teoría muy bien, pero como no impugnó el primer acuerdo de seguir haciendo esto desde que era propietario, a pagar. Sospecho que si no hago algo, esta norma inventada por mi presidente y la administradora siente base y luego resulte que era legal.
Si que se puede aprobar normas por unanimidad,,pero la norma en concreto sobre los perros al afectar al titulo constitutivo y modificar los estatutos no tendria efectos sobre terceros que no la hubieran votado salvo que se registre y se modifiquen los estatutos,,y logicamente si un solo vecino tiene perro la unanimidad no se consigue.
Esto a mi juicio es de sentido común, imaginate que una persona que tiene perro compra el piso y acude al registro a consultar los estatutos para decidir si le conviene comprar o no,,esto es lo conveniente,,y en los estatutos esta norma no esta con lo cual la persona compra el piso igualmente desconociendo esta norma,,,al no haber podido enterarse en ningun registro publico no tiene porque cumplirla ya que si no esta registrada es como si no existiera.
En otros post ya te han comentado que las normas de regimen interior regulan aspectos diarias de la convivencia pero no tienen rango de ley y no pueden regular ciertas cosas.
Perdona pero yo creo que si se pueden aprobar normas interiores de comunidades, aunque una de este tipo tendria qu tener la unanimidad. No es así, ya lo sé, pero mi pregunta va por existe otra vía, quitando la judicial, para arreglar las cosas.
Yo haría como tu vecino,,pasar del tema porque no pueden sacarse una norma de la manga que vaya contra la ley o el derecho de un propietario, tienes que mirar las ordenanzas de tu ayuntamiento y si en las mismas no se prohibe el uso de elevadores por perros le mandas copia de la ordenanza al administrador para que se la estudie antes de decir tonterias, en algunas ordenanzas no se dice nada y en otras que la persona tiene preferencia,,,pero no que este prohibido.
En cuanto a lo del bozal segun la ley solo determinados perros tienen que llevarlo segun su peso,raza, peligrosidad, etc y si vuestros perros no estan obligados por ley la comunidad no lo puede imponer,,es como obligaros a ponerle al perro una vacuna que no es obligatoria,,no tiene sentido.
Lo de los inquilinos lo mismo,,como no se pueden prohibir los perros el arrendador del piso no tiene porque cumplir esa norma.
Yo no me gastaria dinero impugnando nada,,que sean ellos los que se molesten en acudir a un abogado para que les diga que no tienen nada que hacer,,,a veces los administradores escriben tonterias asi como medida de presion para ver si la gente se asusta y cede.
Antes de los 30 dias de recibir el Acta, conviene que remitas escrito al Secretario-Administrador, subsanando ese error dado que tu estuviste alli y no obedece a los hechos. Pero aun hay mas a mi entender, si lo pone como un acuerdo (mejor dichos son 3 acuerdos: utilizar ascensor, bozal y alquiler), debe figurar el numero de votos (a favor-en contra-y abstenciones) para la validez de los mismos, segun la LPH (creo que esta por el Art. 20), por lo que deberías exigir que te indique los votos con la correspondiente identificación de las viviendas y cuota de participación.
En mi experiencia la impugnacion del acta no sirvio para mucho (salvo para pagar al notario que dio fe de ella). Ahora, harta de leer falsedades en el Acta, subsano los errores en el plazo prescrito, y cuando es posible, no los acepto como acuerdos. NO se si en tu caso, podrias hacer lo mismo.
Y sobre el mutismo y "pasotismo" del resto de convecinos, ese es en mi opinion el mayor problema, porque de hecho con su silencio y/o ignorancia son complices de tales abusos, maxime cuando la nueva LPH aun contribuye mas a que sea asi.
He subido el mensaje anterior de los perros para que observeis mi comentario sobre la reunión el día 15-8.
Pues bien, acabo de regresar de vacaciones y encuentro en el buzón (ni certificado ni nada) una carta de la administradora con el acta. En ella figura que hemos acordado que los perros no utilicen el ascensor, que circulen con bozal y se ruega a los propietarios que alquilan que no lo alquilen con perros.
¿Yo bebí ese día y no me enteré de esto?
El edificio es básicamente de veraneo. Sólo pude hablar con otro vecino con perro, que asistió a la reunión y dice que a él le da igual, que pasa, como ahora ya ni se habla con el presidente no le molesta.
Consultas:
1ª). La entrega del acta de esta forma, ¿corren plazos para posibles acciones? Ya casi ha transcurrido un mes desde la reunión.
2ª) Aparte de impugnar un acta, gastándome dinero y a lo mejor siendo mi palabra contra la suya, porque a la mayoría les da igual o pasan ¿Qué puedo hacer para que eso no quede ahí aprobado? Gracias.