No se podrá votar cosas que vayan en contra de la ley, eso es lo primero, lo segundo es que a ustedes les interesen votarlas, entonces despues de aprobar esa norma, por unanimidad, habría que inscribirla en el registro de la propiedad, para que fuera legal, evitando así que compre en esa urbanización personas contrarias a esas normas.
Empezemos popr ahí, otra aclaración, en España la mayoria de edad es a los 18 años.
Estimados todos. Acudo a este foro para que, quien pueda, me eche una mano y ayude a aclara muchas dudas respecto de la actuación que viene ejerciendo la intercomunidad de mi domicilio habitual. Sobre todo, ruego disculpen la extensión, pero no sabría explicarme de otro modo.
Vivo en una zona residencial cerrada con seguridad 24 horas, desde hace 20 años y convivimos en torno a 1.150 vecinos.
La cuestión es que, en su mayoría los vecinos están formados en la actualidad por parejas jóvenes con hijos pequeños. Pocos somos los vecinos que nos mantenemos ahí con hijos adolescentes, aunque ya algunos son mayores de edad (la mayoría de los que nacieron y crecieron allí) como es el caso de mis hijos, de 18 y 20 años.
La cuestión es que esa mayoría a la que me refiero ejerce una especie de tiranía para con los chavales entre los 14 y los 25 años, proponiendo y votando en asamblea medidas encaminadas a hacerles la vida imposible. Podría enumerar una serie de ellas que pondría de manifiesto el acoso y la obsesión por recluirlos en su correspondientes viviendas, y aún así, recibimos quejas en forma de burofax cada vez que a algún vecino le molesta .pongamos por ejemplo- que un chaval tuque el portero electrónico de un amigo pasadas las 12 de la noche; actitudes que, además, nos ha costado el dinero a todos, para evitar que -pongo otro ejemplo- los chicos puedan apoyarse en el alfeizar de un soportal. Pero es otra particularidad la que me trae a consultar.
Anoche, después de bajar la basura mi hijo (eran más de las 12), estaban reunidos en un soportal 5 chavales charlando, al parecer en voz baja porque ya saben que subir la voz a ciertas horas es motivo de sanción y de amenazas mediante burofax a las familias. Al ver que tardaba mi hijo en subir y que no me cogía el móvil, bajé por si pasaba algo. Me encontré a 3 miembros de seguridad (uno, el que se encarga de la vigilancia dentro del recinto, y dos más que, al parecer, son los que rondan por los alrededores del barrio (no de la urbanización). Pues bien, uno de los de fuera había increpado, amenazado de partir la cabeza a alguno de los chicos y pegado en el costado con la porra a otro de ellos, sólo porque estaban reunidos charlando (debía ser en voz baja porque a mí no me dijeron los seguridad que estugieran alzando la voz). Según me cuentan los 5 chicos, estaban tranquilamente charlando y se les acercaron los tres; uno de ellos, en plan “chulito”, empezó a amenazarlos con partirle la cabeza por estar allí (según este señor, está prohibido reunirse en zonas comunes pasada las 12 de la noche); cuando los chicos quisieron irse, éste no les dejó, pretendiendo echar fuera del recinto a dos de ellos porque no eran vecinos (sí amigos de los otros 3 con los que charlaban). Ante la negativa de los 3 jóvenes a echar a los otros 2 chicos, fueron insultados, amenazados y uno de ellos agredido por el vigilante. Cuando bajé, estaban en plena discusión y uno de los chicos se quejaba del golpe. Le pregunté al vigilante cuál había sido la infracción y me dijo el agresosr que estaban prohibidas las reuniones a partir de las 12 de la noche y que esto había sido votado en asamblea por los vecinos quienes, además, habían dado orden, de que expulsaran a todo chaval –invitado o no- que procediera del barrio obrero de enfrente.
Al margen de que vaya a denunciar la agresión, me gustaría saber si una comunidad de vecinos (intercomunidad en este caso) puede votar actitudes que van en contra de derechos fundamentales de cualquier ciudadano de este país, como es el derecho a estar reunidos sin alteración del orden; también quería saber si a un vecino puede vetársele la entrada de un invitado porque el vecino en cuestión sea un chico de 20 años y no un adulto. De ser así, que la intercomunidad pueda votar en asamblea este tipo de cesuras; por qué se aplica sólo a los jóvenes y no a los adultos, ya que los padres siguen celebrando en las zonas comunes los cumpleaños de sus hijos (pequeños), con toda clase de algarabías y música hasta pasadas las 12 de la noche. Por qué se considera “botellona” que unos chicos en torno a los 20 años se sienten en el jardín y se tomen una cerveza, y no lo es si se trata de adultos los que se las toman a mesa y mantel en las zonas comunes.
Me gustaría saber, en este último caso, si puedo denunciar a la intercomunidad por discriminar a los vecinos por razón de edad o del estatus social de sus invitados.
Que me cambie de vivienda ya lo he contemplado, pero mientras tanto, no voy a rendirme ante una situación que cada vez más refleja actitudes, trasnochadas y discriminatorias, propias de tiempos que algunos aún recordamos.
Por favor, alguien puede decirme algo al respecto?
Gracias y un saludo.