Buenas, estoy leyendo por internet como va el proceso despues de tener la declaración de herederos ya hecha y no me queda claro como funciona la aceptacion de esta,
-se acepta sin saber lo que contiene la herencia, o se hace un inventario previo para así aceptar sabiendo las consecuencias que puede tener esa aceptacion?
-que ventajas tiene la aceptación pura sobre la aceptación a beneficio de inventario?
pues no entiendo por que alguien preferiria hacer una aceptacion pura.
La aceptación a beneficio de inventario tiene unos costes asociados añadidos y un plazo de asignación bastante mayor. Si no hay deudas considerables comparables o superiores a los activos de la herencia, no resulta interesante.
-se acepta sin saber lo que contiene la herencia, o se hace un inventario previo para así aceptar sabiendo las consecuencias que puede tener esa aceptacion?
-que ventajas tiene la aceptación pura sobre la aceptación a beneficio de inventario?
Buenos días,
En la Escritura de Acceptación de herencia se indican los bienes que forman parte de la misma, tales como cuentas corrientes, bienes muebles, bienes inmuebles.
Si no sabe los bienes, deberá hacer las averiguaciones pertinentes en los bancos, solicitar Registro de Indices, etc.
Respecto a la otra pregunta, acceptar a beneficio de inventario quiere decir que en caso de haber deudas solo responde el patrimonio de la herencia, no el patrimonio del heredero. Esta es su principal ventaja, respecto a la acceptación pura que ambos patrimonios se unen en uno y en caso de deudas podrían ir contra el patrimonio del heredero.
Si necesita ayuda en la tramitación de la herencia, no dude en contactar con nosotros.
buenos dias, gracias por la respuesta, como puedo proceder a la averiguación de los bienes? pues al no ser heredero en los bancos no me van a dar la información verdad? gracias!
Si no eres heredero no hay herencia que puedas aceptar. Es un poco chocante la pregunta tras preguntar sobre la aceptación. Si es por alguna persona próxima a ti, lo puede hacer ella, o puede actuarse en representación de otra persona para todos estos trámites (menos la aceptación, que es un acto personalísimo).