Buenas tardes, mi madre avalo a su nieta (mi hija) en un credito personal con garantia hipotecaria de su casa, aunque en realidad el dinero era para ella que lo necesitaba en aquel momento, es decir quien figura como deudor es mi hija.
Mi madre ha fallecido, yo voy a renunciar y mi hermano la va a aceptar la herencia, queria saber si al aceptar el la casa hasta que se venda sigue la garantia hipotecaria de la casa en firme ya que lo que me puedo exponer es que mi hija se quede con el credito a su nombre sin pagar y antes estaba la garantia de la casaa pero al fallecer mi madre no se si se extingue.
En la poliza no pone nada en caso de fallecimiento del avalista.
Me han dicho que como no es una deuda de la fallecida al hacer esto la casa pasa a nombre de mi hermano y mi hija con la deuda
Me es muy urgente por favor muchas gracias.un saludo.
He pensado para resguardar a mi hija aceptar yo aunque no me intereses la herencia también y tener de esa forma resguardada a mi hija hasta que se venda la casa.
Los avales también se heredan, el heredero adquiere las responsabilidades del causante. Si tu hija dejara de pagar la hipoteca tu hermano sería también embargable por esa deuda una vez se embargara la vivienda y solo si el valor de esta no cubriera el importe que quedara de hipoteca. No hay nada más que eso, la propiedad de tu hija es de tu hija, no del avalista del crédito hipotecario, si no figura en el título de propiedad, y no se modifica porque fallezca el avalista.
¿quién te ha dicho esa burrada?