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Abstención

1 Comentarios
 
14/02/2004 13:47
No sé mucho sobre la legislación pero creo que no: tienes que votar en contra para poder impugnar el acta. Mi Abogado me explicó que "salvar el voto" es lo mismo que votar en contra.
Abstención
perfil EE
10/02/2004 11:22
Si en la ultima reunión de propietarios me abstube....eso significa que salve mi voto? puedo impugnar el acta?
Gracias