Buenos días.
Tengo un sueldo pactado en bruto con la empresa que está por encima de Convenio desde 2020. En el año 2021 la subida de Convenio fue absorbida y seguí cobrando lo mismo. En el Convenio colectivo que rige mi contrato. Hay una transitoria que dice que durante la vigencia del Convenio (años 2020 y 2021) no operan ni la absorción ni la compensación. Cuando informo a la empresa de dicha transitoria, me comentan que con sueldos pactados, la empresa puede realizar esta acción. Es correcto este proceder?