art. 10.3.b
b) Cuando así se haya solicitado, previa aprobación por las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de
participación, la división material de los pisos o locales y sus anejos, para formar otros más reducidos e independientes; el aumento de su superficie por agregación de otros colindantes del mismo edificio o su disminución por segregación de alguna parte; la construcción de nuevas plantas y cualquier otra alteración de la estructura o fábrica del edificio, incluyendo el cerramiento de las terrazas y la modificación de la envolvente para mejorar la eficiencia energética, o de las cosas comunes, cuando concurran los requisitos a que alude el artículo 17.6 del texto refundido de la Ley del Suelo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio.
Existe una forma, debe solicitar que incluyan su petición en el orden del día de la junta ordinaria, o pedir la convocatoria de una junta extraordinaria reflejando su petición.
Si los 3/5 sus vecinos se lo autoriza lo podrá hacer.
Vivo en un primero cuya cocina y uno de los dormitorios da al patio de luces del bloque. Al mismo patio, dan también los pisos de otros tres vecinos, por lo que en total somos cuatro pisos los que damos a dicho patio común. Existe actualmente un acceso a dicho patio por una puerta desde la escalera del edificio sin que los vecinos dispongamos de llaves de esa puerta.
En mi cocina existe una ventana corredera por la que se puede tender la ropa, no obstante el acceso al tendedero es complicado y en más de una ocasión he tenido que saltar por la ventana para poder acceder al patio y recoger lo que se me había caído mientras tendía.
Mi pregunta es si existe alguna forma de sustituir mi ventana corredera por una puerta, y así poder acceder más fácilmente al patio.