De acuerdo con todos los foristas anteriores, herencias. Creo que no hace falta que añada nada más. Desde luego todos mis procuradores me dan copia sellada de todo lo que actuan.
Estoy con anónimo, "pasa" de ese procurador vago, porque te puede dar algún disgusto.
A mí me pasa a veces con algunos del turno y eso que les doy copias suficientes, con lo que los tengo tachaditos para los procedimientos de pago.
Es obligación del Procurador, y así lo establece la ley, mantener siempre puntualmente informado al cliente (cosa que casi ningún procurador hace) y al Letrado, y eso incluye la entrega de la documentación que se le pida (si quiere, que cobre las fotocopias...).
Si la 'costumbre' del procurador es no entregar copias selladas, la mía es disponer de las copias selladas y el procurador debe entregarlas. Es más: debe entregarlas aunque el Letrado no las pida...
A lo dicho: 'pasa' de ese procurador (esa 'costumbre' de no entregar las copias es muy significativa: seguro que tiene otras 'costumbres' que no son muy idóneas...).
Siempre pido copia sellada de cualquier escrito que entre o salga al procurador.
Es la única forma de estar seguro que todo está en su sitio y en plazo.
Un nuevo procurador se niega a darme las copias selladas diciendo que le da trabajo y no es costumbre. ¿Os ha ocurrido? ¿Veis motivo suficiente para cambiarlo en los procedimientos en curso?