pijirri. usa la calculadora de calcularindemnizacion.es pero ten en cuenta que seguramente no todos los días de baja serán impeditivos.
Como el valor del punto varía según tu edad, selecciona el rango que corresponda en la fecha del accidente, y también selecciona el año en el que sanaron las lesiones, que puede ser posterior al del accidente.
Bueno, en esa web lo verás más claro y podrás simular diferentes cálculos.
Que estés desempleado no quiere decir que no sean días impeditivos. Lo son cuando te impiden llevar a cabo tus tareas habituales, sean las que sean, aunque en última instancia correspondería al juez decidir si lo son o no o cuántos sí y cuántos no, ello con el apoyo en el informe de sanidad del médico forense que no dices si te ha visitado, si fuera que sí sería casi determinante conocer ese informe.
He hecho un cálculo rápido y aproximado pensando en esos días como impeditivos. Si la oferta se acerca a esa cifra yo la daría por buena y si no, pues a valorar.
Por último advertirte que no soy abogado, conozco algo el tema y no creo que sea un mal consejo el que te doy.
Muchas gracias por la respuesta.al ser alrededor de 4000€ deberían considerarse dias impeditivos no?? Yo tngo los partes de baja del médico de cabecera.perdona por todas las preguntas,pero es la primera vez que tengo un accidente y no quiero que el seguro me engañe.un saludo y gracias de nuevo.
hola,me gustaria saber que indemnizacion deberia recibir por un accidnte de trafico,en el momento del accidente yo estaba desempleado,el tiempo total de la baja es de 61 dias,durante estos 61 dias herealizado 20 sesiones de rehabilitacion.en el parte de alta el medico considera que tengo secula sindrome postrumático cervical y lumbar. El seguro dice que eso equivale a un punto de secuela y yo no estoy nada de acuerdo.me gustaria saber si llevo razon y de cuanto seria la indemnizacion.gracias
Calculo puntos accidente trafico. con este informe del forense
Fractura parcial de 13 dientes (por analogía) 5 puntos.
• Pérdida completa de 3 dientes 3 puntos
• Limitación funcional de articulación metacarpo-falángica de
primer dedo de mano derecha 1 puntos
• Columna cervical: Síndrome postraurnático cervical 2 puntos
- Columna torácica: Fractura aplastamiento T3-T4 inferior al
50% que j unto con las alteraciones secundaria a la fracturas
de T2-T5 conllevan una alteración de la estática vertebral que
supone una limitación de la movilidad de la columna vertebral
y la presentación de algias postraumáticas sin afectación radicular.
Esta situación se valora en su conjunto en 39 puntos.
- Trastorno adaptativo postraumático 3 puntos.
- Agravación de patología intestinal previa (por analogía) 3 puntos.
- Perjuicio estético ligero 3 puntos.
TOTAL 59 PUNTOS
si se aplica la formula (100 — M) × m
M/100, me pierdo, ya que se dice que .... "Si son más de dos las lesiones concurrentes, se continuará
aplicando esta fórmula, y el término «M» se
corresponderá con el valor del resultado de la primera operación realizada".
Me podriais decir que puntuación sale, es muy urgente.
Si intuyo bien, es la compañia contraria la que ofrece poco.
1º) Por qué dices que es poco?
2ª) Qué dice tu compañia al respecto?.
En mi opinion , has de tener bastante claro el porqué.
Ten en cuenta que los abogados que "sacan mas", son especialistas "en sacar" y se basan en "tomar el caso desde el principio", que les dé tiempo a "preparar el caso". Hay que poder demostrar los daños con "buenas pruebas".
Por tanto, si tu abogado de cia te dice que es poco será porque tiene algun fundamento, te sugiero que lo preguntes a un especialista en accidentes de trafico independiente.
Estoy convencido que los de cia no se matan y ademas barren para su casa poniendose de acuerdo entre compañias, "hoy por ti, mañana por mi", el caso es que cuanto menos se le indemnice al cliente, y menos trabajo les dé el caso, mejor para todas las cias.
Lo más recomendable es dar con un abogado que sepa de qué va el tema y con el que se tenga plena confianza, independientemente de su origen.
Con respecto al tipo de abogados, hay que distinguir dos tipos de abogados de Compañía:
1.- Aquellos que defienden a la Cia y de paso al asegurado. Suelen pertenecer a la misma Cia que asegura la Responsabilidad Civil. Hay una sola Póliza de seguro. Como los intereses prioritarios que defienden son los de la Cia, no siempre cuadran esos intereses con los del cliente.
2.- Aquellos que nada tiene que ver con la Cia de Resp. Civil, pues pertenecen a una Cia de defensa jurídica y que no defienden los intereses de la Cia de RC, sino sólo los del asegurado. Su interes prioritario es que el cliente obtenga cuanto más mejor.
Hay dos pólizas de seguro: la de la RC y la de defensa jurídica. En ambos supuestos puede elegir siempre un abogado particular, a cargo de la Cia que corresponda pero lo que está claro es que la cuantía que se pueda obtener no depende del abogado, sino de las circunstancias objetivas del asunto.
Además, en cualquier accidente siempre está el amigo, pariente, vecino etc que, en su día tuvo un accidente y que, supuestamente, cobró una millonada y que, por aquellas cosas de la vida, sabe más de derecho de la circulación que el propio abogado.
Abogado del seguro o abogado por mi cuenta ( accidente trafico )
Hola, me gustaria saber que es mas recomendable respecto a la reclamación de daños referente a un accidente de tráfico, ya que este tema me quita el sueño y ronda la leyenda urbana que los abogados de las compañias sacan menos que los privados, y como la compañia me ofrece poco dinero he de llevar el caso a Juicio y no se que optar. ¿ Abogado del Seguro ( cubierto por la poliza ) o Abogado por mi cuenta ( Solo me cubre hasta 600 e ) ?