Veo que ni de administrar fincas ni de forenses sabes mucho, ya que yo soy forense pero muy muy rara vez veo un muerto.
Las sentencias que dices no son ninguna de ellas citas expresas a la profesión de administrador de fincas, si realmente tienes alguna que sí, por favor indicalo que tras su lectura si tengo que darte la la razón te la daré.
Seré médico, pero no tonto y con opinión y por ello daré mi opinión en éste y otros muchos temas que me parezca es que a caso tu eres abogado??
Alejandro, ¿pero tú no eres médico forense? ¿Qué entiendes tú de leyes? a no ser que seas " forense de administradores " por el interés que te presta esta profesión.
Es verdad, que yo copio y pego, prefiero hacerlo para que el que lo lea saque sus propias conclusiones y no la saque de mis opiniones. Pero lo que tu dices es incierto, faltas a la verdad y tu lo sabes, hay muchas sentencia de tribunales que dicen todo lo contrario de lo que tu pretende. También estas sentencias las puedo copiar y pegar como ya las he hecho en otras ocasiones, pero a tí como forense no te valdrán ¿verdad?. Intentar cambiar la verdad por la falsedad es fácil a los muertos.
Muchos comentarios y ninguno acertado. Sólo pueden ser Administradores de fincas y nombrarse como tal los que están colegiados, ya que de no ser así sería ilegal. Cualquier persona cualificada o no puede ser admin pero si va a cobrar por ello tiene que estar colegiado.
Si ya hay vecinos que han tocado el tema sepa que puede tener problemas si éstos denuncian o indagan más, tanto esa persona que actúa como admin sin serlo, como usted por estar al corriente de la situación, ser el representante legal de la Comunidad y consentirlo.
Repito no haga caso de personas que no saben más que pinchar y pengar una famosa web sin mucho sentido y que a mucha gente puede perjudicar.
Y la razón de querer interponer demanda contra él ¿cuál es, que es abogado?
Un abogado/a tiene cualificación para desempeñar el cargo de administrador.
La colegiación, creo, es obligatoria para los Administradores de Fincas (porque se la exige el Colegio de Administradores de Fincas) pero, seguramente, el abogado no tenga obligación.
Otra cosa es que sea conveniente.
Esa demanda no tendría ningún sentido. Me parece a mí.
Soy presidente de mi comunidad.El caso es que un abogado nos está llevando la comunidad,es el administrador.Él hace las actas,redacta convocatorias,etc. Pero es que hay un vecino que me dice que el abogado no puede llevar la comunidad porque no es administrador de fincas y,claro,no está en el colegio de administradores,que el lo ha mirado y no está.
Mi pregunta es si un abogado puede tener el cargo de administrador en la comunidad.Es que el vecino dice que le denunciemos.Yo se lo he dicho al abogado y me ha dicho que el cargo lo puede llevar por ley alguien que esté preparado para ello y que un abogado lo está.Que eso dice la ley de propiedad horizontal.Pero yo no me fío.¿Un abogado puede ostentar el cargo de administrador de una comunidad? Muchas gracias.