Dorks, de existir dolo en el impago, que pudiendo pagar no pagó, le será imputado un delito de abandono de familia al amparo del artículo 227 de nuestro Código Penal. De ser declarado culpable, será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses.
Con respecto a las posibles coberturas que le ofrezca este estado social en función de su situación, tendrá que canalizarlas a través de los servicios de asistencia social. Póngase en contacto con los mismos para que le informen.
mi ex tiene varios frentes con la justicia,trafico y bancarios y he tenido un juicio por impago pension de mis dos niñas,a sido proceso penal ,me pueden decir que es lo que va a pasar el dice que no puede pagar pero eso es mentira, las niñas tienen tres y quince meses y yo no trabajo cobrare algo ayuda