cilia, no te desanimes; piensa que estás peleando por los derechos de tus hijos. Paciencia, que el tiempo pone a cada uno en su sitio.
Y mientras tanto, sigue los consejos de tu abogada. Lleva a rajatabla la contabilidad de lo que te va debiendo, mes a mes; guarda tickets de compra (ropa, comida, libros), recibos del colegio, etc; todo lo que pueda justificar que eres tú, en exclusiva, quién se hace cargo de los gastos de los menores.
Entiendo que tu abogada ha pedido ejecución de sentencia en vía civil, y que también has denunciado directamente tú dicho incumplimiento; considera con tu abogada la posibilidad de interponer querella criminal (con abogado y procurador) por abandono de familia, ya que, como dices, aparte de no abonar la pensión, también está incumpliendo el régimen de visitas.
Otra cosa: infórmate sobre el Fondo de Garantía Alimentaria, que se supone entrará en vigor el próximo año; si cumples los requisitos, podrás solicitarlo, y, al menos, te garantizarás durante unos meses el cobro de -al menos- parte de los alimentos.
Bueno...¡por fin tenemos juzgado asignado y fecha para celebración de la vista!
Desde la fecha de interposición de la querella hasta la celebración del juicio oral habrán pasado 18 meses... ¿Es normal que se dilate tanto un procedimiento en el cual se están reclamando unos alimentos de un menor?
Gracias Bri. Perdonad que retome el tema despues de varios dias pero sigo con lo mismo.
Mi abogada me pide mas dinero para poner esa querella, dinero que no se de donde sacar, puesto que sigo sin ver un duro por parte del padre de mis hijos (por llamarle de alguna manera).
La demanda civil esta puesta desde hace ya mas de 18 meses y nada. Mi abogada dice que el juez ya ha dictado un embargo, pero que no tiene bienes. Se podria declarar insolvente y no pagarme nada?? imagino que teniendo nomina no, verdad?
Las denuncias que no me aceptan a tramite son las que yo pongo por mi cuenta por la via penal.
Yo tambien pienso lo mismo, pueden dejar a unos menores desprotegidos de esa manera??
Yo acepto encantadisima la ayuda del estado que van a poner en marcha en breve, pero esa no es la solucion. De esa manera le estan cubriendo la obligacion de su padre que es hacerse cargo de la mitad de los gastos de sus hijos.
Si puedo llevar a tramite la querella por abandono de familia, le podria cambiar los apellidos a mis hijos y beneficiarme de alguna ayuda por ser madre soltera?
La querella, en caso de impago de alimentos, requiere de los servicios de abogado y procurador. Te aconsejaría que hablaras con tu abogada para intentar llegar a un acuerdo sobre la forma de pago; ¿no tienes derecho a justicia gratuita? Puedes ponerte en contacto con el Instituto de la Mujer, exponer tu problema a ver si te pueden aconsejar o ayudar.
Si tu ex tiene nómina, no entiendo por qué no se embarga, aunque carezca de otros bienes. El embargo de nómina por impago de alimentos a los hijos es una de las pocas excepciones que contempla la ley en la que no se exige que quede un mínimo de subsistencia sin embargar para el incumplidor.
Tal vez fuese interesante consultar tu caso con otro abogado diferente. Esto funciona un poco como los médicos; cuando tienes un diagnóstico que no te acaba de convencer, o en relación con una enfermedad grave, se suele buscar una segunda opinión. Hay abogados más conservadores en su métodos que otros, menos "peleones", ... etc.
Y por último decirte que, aunque seas madre soltera, si los hijos están reconocidos por el padre no creo que puedas cambiarles los apellidos. En cambio, en el procedimiento civil, ante el incumplimiento reiterado por su parte de los deberes inherentes a la patria potestad, podrás solicitar que le retiren ésta.
Yo te aconsejaría que te movieras, que preguntaras a los Servicios Sociales de tu Comunidad, Ayuntamiento, Organismos oficiales, etc., a ver si puedes conseguir alguna ayuda.
Bueno, sólo subo el post para agradecer al foro su ayuda, en especial a maicavasco, por sus comentarios y consejos.
Por fin se ha dictado sentencia, condenando al acusado a 10 meses de multa y al pago de las cantidades dejadas de ingresar (con el incremento de IPC correspondiente) desde mayo de 1994 hasta diciembre de 2007, así como al pago de las costas.
- Sentencia de enero de 2008 condenando al acusado.
- Sentencia de la Audiencia Provincial, de mayo de 2008, ratificando en todos sus términos la de instancia.
-Asignado Juzgado de Ejecuciones Penales en diciembre de 2008.
...
Desde entonces, no sé nada más; este mes de julio hace 3 años que interpuse la querella. A "grosso modo", calculo que el montante de la ejecución (principal, más intereses y costas) asciende a unos 36.000 euros.