Mi pregunta es la siguiente:
Mi mujer ya hac un mes que abandono el domicilio conyugal y s llevo a las niñas de el ademas me impone un regimen de visitas que nadie a impuesto me podria guar alguien para orientarme.
Gracias
Si cesó la convivencia y no existe regulación judicial al respecto del cese de convivencia, ni Vd. está obligado a pagar alimentos ni la madre a permitir visitas. Si Vd. en una de las visitas que ella "impone" se queda con los hijos comunes se invierte el caso, ni ella está obligada a pagar alimentos a los hijos comunes ni Vd. está obligado a permitir visitas (no sea que se invierta nuevamente la situación)
Lo de "abandono", pasó a la historia. Han implantado un sistema a favor de la mujer. Si no le ha denunciado tiene suerte. Evite en lo posible juzgados y abogados, pues lleva la de perder y piense que está "asesorada" de un modo u otro.
Las féminas son como las avispas-. Acuden en masa a picar a sus víctimas.
Mi mujer me duncio por malos tratos psicologicos y la señora jueza lo desetimo todo lo que pedia orden de alejamiento de 6 meses, pago de pension, casa para las niñas y ella, en fin que se quedo en un juicio de faltas por vejaciones del cual fuy condenado a 4 dias de arresto domiciliario ya cumplido simepre fuera del domicilio conyugal.
Como es posible que no tengamosninguna ley que ampare al hombre en este caso a el marido ya que no hay puesta ningun demanda por divorcio y si estima la señora jueza que se aga pero en ningun caso que las niñas esten fuera de su casa, donde me amparo. Espero contestaciones
Si dice usted que su mujer ha abandonado el domicilio conyugal hace 1 mes, tenga por seguro que está punto de recibir notificación por el juzgado de demanda de separación o divorcio o al menos de unas medidas provisionales según los arts. 104 y 105 del código civil ( plazo de 30 días para demandar), por lo que esté preparado y no le coja de sorpresa, porque pedirá de todo.
Saludos y a su disposición
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