Ejemplo, necesidad Regularización Saldos:
Una comunidad constituida por locales, garajes y, viviendas con calefacción solamente para viviendas, acuerdan cambiar la caldera de gasóleo por gas. El presupuesto de 80.000€ se aporta a la cuenta de la comunidad (cuenta de todos) por cuota de participación solamente entre las viviendas lógico - Cuando se termina obra, resulta que no fue necesario la realización de todas las obras presupuestadas, solamente se gastaron 68.000, sobraban en consecuencia 12.000€, que solamente eran de viviendas.
Resulta que el Coeficiente Propiedad de locales y garajes, asistentes a la asamblea era superior al de viviendas, y siguiendo con la mala rutina, votan dejar todos los sobrantes en la cuenta de la comunidad, pues se argumentaba que así se venía haciendo. El sobrante que pertenecía al grupo de gastos que era de todos ascendía a 1000€, es decir también era de las viviendas, y por votación para dejar todo en la cuenta, pues ganaban locales y garajes. Para locales y garajes “deabute”, para viviendas el correspondiente “cabreo”
La conclusión es que no todas las cosas admiten votación, SIEMPRE HAY QUE REGULARIZAR SALDOS. Otra cosa distinta es acordar incremento Fondo Reserva. Espero haya quedado claro sin necesidad de resucitar a Arquímedes.
Obsérvese que no es lo mismo coeficiente propiedad que cuota de participación. Aquí también los señores administradores (algunos) andan despistados, pero esto sería otro tema.
Vuelvo a decir que, si Pitágoras no se equivocaba, el fondo es totalmente equitativo si todos pagan la cuota correspondiente a su contribución a los gastos de la comunidad.
Por ejemplo, si un propietario tiene un coeficiente del 8% y otro del 10%, su cuota mensual irá en la misma proporción (el primero, por ejemplo 16 € y el segundo 20 €). Su participación en el fondo restante a final de año será en la misma proporción, si quedan 2.000 €, 160 € es la participación del primero y 200 € es la participación del segundo. Es lo que en aritmética llaman "reparto proporcional".
Que yo sepa, dejar los saldos en el fondo de maniobra no es distorsionar nada. Si las cuotas se establecen de acuerdo a los coeficientes y si Pitágoras no se equivocaba, no hay tal distorsión.
El punto del orden del día está claro, se llama aprobación del presupuesto.
¿ Pero es que me quiere Ud. decir que los administradores no son los responsables de asignar a cada uno lo que tiene a su favor o en contra al finalizar el ejercicio?.
Siempre y cuando no se distorsionen las cuotas de participación, pues claro que son los vecinos los que deciden lo que se hace con su dinero, eso si, figurando la preceptiva votación en el Orden del Dia, y asegurándose de que no existe distorsión en la cuota de participación, que es donde reside la verdadera irregularidad. o por lo menos es lo que se intenta denunciar. Tampoco estoy diciendo que todos los administradores no hagan la preceptiva regularización; esto mas bien parecería que quien lo dice fuese Ud.
Con el debido respeto, la metedura de pata existe, por acusar a los administradores de no hacer lo que no les corresponde, son los propietarios quienes no lo hacen.
Pero no se puede acusar a los administradores de no hacer regularizaciones, son los propietarios quienes deciden no hacerlas. Al Cesar lo que es del Cesar.
En fin amigo, hasta hacienda le regula los impuestos a fin de ejercicio, no sé por qué una comunidad de vecinos tiene que ser diferente, hay que cumplir con el plan general de contabilidad, y las jutas de propietarios no son expertas en ello, por eso contratan a administradores.
Respondiendo a Pepelu: Pues claro, pero una cosa es incrementar el Fondo Reserva, que se hace con la debida proporcionalidad, y otra cosa es distorsionar gravemente esas cuotas de participación.
Además cual quiera asunto que deba ser votado, debe contar previamente en el Orden del Dia
Me puede Ud. decir quien tiene las competencias de hacer cumplir la Ley.
Si no hay regularización de saldos, no se esta cumpliendo la ley - en la mayoría de los casos - Pues la Ley nos dice que debemos contribuir a los gastos con arreglo a nuestra cuota de participación. ni mas, ni menos. La cuestión, no es por tanto si se devuelve o no se devuelve, siempre y cuando quede reflejado en el saldo de cada uno lo que tiene a favor o en contra. La cuestión es cuando se produce una distorsión en las cuotas de participación. Y si no hay regularización se produce. es decir siempre habrá alguien que pague mas de lo le corresponde y al contrario.
Y por favor mantengamos el debido respeto (no hay metedura de pata)
En realidad no hay tal requisito. La ley establece un mínimo para el fondo de reserva, pero no un máximo. Por ello, generalmente el saldo se deja como fondo de maniobra.
"Es averiguado que en gran número de administradores no cumplen con este requisito;".
Efectivamente, ningún administrador hace nada, es la junta de propietarios quien decide si se devuelven saldos sobrantes, etc.
Los administradores no deciden nada,son los propietarios quienes toman las decisiones.
Conclusión, no sé qué sentido tiene abrir un hilo para criticar que los administradores no hacen algo para lo que no tienen competencia.
Criticar por criticar, metiendo la pata
La regularización de saldo es un ejergicio que se efectua en escasas comunidades, dadomque la LPH no lo contempla.
Nos puede indicar que % del presupuesto se queda en la cuenta de la comunidad sin devolver?
Para hacer las cosas bien, hay que dejar el saldo a 0 el 31 diciembre y hacer la asamblea en abril o mayo, y el siguiente mes regularizar, devolver o cobrar, según 31 diciembre y cargar la nueva cuota según presupuesto.
La regularización de saldos consiste en devolver a cada uno de los comuneros lo que le sobra, o bien pedir lo que le falta una vez presentadas y aprobadas las cuentas. Es averiguado que en gran número de administradores no cumplen con este requisito; optando por dejar en la cuenta de la comunidad el sobrante sin regularizar eso sí, al que le falta se le pide ¿Pero cuánto se le pide? ¿Cómo lo averigua?
Como puede apreciarse ya se intuye una grave irregularidad, puesto que aquellos que les sobra; este sobrante debería guardar la debida proporcionalidad con las respectivas cuotas de participación futuras. Esta circunstancia raramente se produce, puesto que lo normal es que existan grupos de gastos cuya participación sea de diferentes formas; aunque presupuesto y cuotas devengadas se hayan realizado más o menos acertadamente, pero nunca coincidirán.
La conclusión es que se debe exigir a los administradores que regularicen saldos, excepto en raras excepciones.
No perdáis el tiempo recurriendo al Colegio Administradores.