Un Padre que paga a su exmujer una pensión de alimentos por la hija común ya mayor de edad va a solicitar una suspensión o extincción de la pensión por ser desempleado de larga duración y no cobrar ya ningúna ayuda económica y no tener ni otro ingreso ni ahorros.
A quien debe demandar el Padre, a la hija mayor de edad, a la madre o ambas?
Tendrá que ir al mismo juzgado que estableció las actuales medidas y solicitar una modificación.
Que solicite la justicia gratuita, que por lo que cuestas, tendrá derecho.
Si tu situación es tan precaria yo no perdería el tiempo tratando de dilucidar a quien debo demandar.
Solicita un abogado de oficio que ya sabrá el como debe formular la demanda y cuando tengas la cita con el se lo preguntas.
Más que una demanda lo que usted va a solicitar es una modificación de medidas dictadas en una sentencia anterior.
Gracias Shanna, la idea es este lunes iniciar los trámites para solicitar abogado de oficio y no me gustaba la idea que la "titular" a quien va dirigida la modificación de medidas sea mi hija por sus 22 años ya que el proceso judicial gira entorno a su pensión de alimentos.
Por si te sirve de ayuda: Si la hija no es independiente económicamente, a la madre. Si la hija es independiente económicamente, yo demando a la madre que es la legitimada y "ad cautelam" a la mayor de edad independiente económicamente. Un saludo.
Gracias Nuria por tu respuesta, la hija estudia y tiene pequeños trabajos en hostelería pero no es independiente económicamente.
Me hablan del artículo 24 de la Constitución que parece da derecho formar parte de un proceso judicial que le afecta y que la hija puede reclamar si no estén implicada el proceso judicial
Mentha, realmente en el procedimiento de familia, las partes legitimadas en el proceso, son los cónyuges, tenga la hija la edad que tenga. Si demandas a la madre, en ambos casos que te expuse, estará correcto. Te aconsejo que pidas la extinción, la suspensión y subsidiariamente, la reducción porque estos tribunales que tenemos, a veces carecen de sentido común y siguen imponiendo a los obligados al pago de alimentos, pensiones aunque carezcan de ingresos. Infórmate en el servicio de empleo sobre la renta activa de inserción, a ver si cumples los requisitos para solicitarla. Si te dicen que si, pidela y al mismo tiempo, solicita el salario social básico ya que ambas prestaciones sociales son compatibles. Un saludo.
Nuria, en la Comunidad Valenciana el salario social básico (aquí se llama Renta Garantizada de Ciudadania) no es compatible con la Renta Activa de Inserción.