Me viene pasando a menudo que, cuando solicito mediante Otrosí, que se libre oficio al INSS, TGSS a fin de que se proceda al embargo del salario de "fulanito", en los procedimientos de ejecución de pensiones, siempre, siempre, me contestan de forma negativa, diciendo que el ejecutado no tiene pensión alguna ( a pesar de que especifico que es SALARIO, NO PENSIÓN). Y tengo que empezar un rosario de escritos aclarando que el ejecutado trabaja.
¿Cómo lo hacéis vosotros? ¿A qué organismo lo pedís? Gracias!
Es que lo que tienes que hacer ,si no sabes donde trabaja es en la ejecución instar al INSS ,TGSS ,no para que se embargue el salario sino para descubrir si está dado de alta en la seguridad social y ,una vez sepas esto pedir al juzgado que se embargue el sueldo.
Es decir tienes que pedir que se oficie al INSS ,a fin de averiguar la empresa en la que trabaja el SR.
Despues pedir que se embargue el sueldo,ya que el sueldo lo tiene que embargar el juzgado y tu tienes que pedir que se requiera a la empresa a fin de enmbargar,ya que es la pagadora.
No puedes decir que se libre oficio a la INSS para embargar el sueldo ,ya que si la INSS no es pagadora , no procede que ella embargue.
Si sabes la empresa en que trabaja pide directamente al juzgado que se oficie a esta para embargar.
No sé si me he explicado bien.
Gracias por contestar. Yo pedía que se librara oficio al INSS para averiguar, pero a la vez pedía que fuera este organismo el que embargara. "Todo en uno".
A partir de ahora, lo haré así y seguro que evito tanta confusión. Mil gracias!
lola, lo que tienes que hacer es solicitar al INSS y Tesorería que certifique si está dado de alta y en qué empresa y al mismo tiempo, en el mismo escrito, solicitas al juzgado que cumplimentado el oficio, se libre oficio ordenando a la empresa la retención, salvo que conozcas directamente la empresa, en cuyo caso, lo que terabithia te ha indicado, oficio directo.
Un saludo.