Las medidas cautelares del artículo 544 bis LECRIM, se inscriben en el RCPVD o solamente las del 544ter?
Si se imponen las medidas del art 544 bis, la parte perjudicada consigue el estatus de víctima (y por tanto tiene derecho a recibir las ayudas del Estado), osea, estas medidas están vinculadas a la OP, o solamente es posible si las medidas se acuerdan al amparo del 544 TER?
Gracias