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33 por ciento de minusvalia e ipt por profesion.

26 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 26 comentarios
33 por ciento de minusvalia e ipt por profesion.
02/12/2014 20:09
Esta mañana he estado en el imas de mi ciudad para solicitar el certificado de minusvalia del 33 por cuento y cual a sido mi sorpresa cuando la chica que me a atendido me ha dicho que ya no se concede automaticamente al concederte una ipt por tu profesion habitual.

¿Eso es cierto?.segun me a dicho esa ley se modifico y ahora tengo que pasar por revision como cualquier otra persoba que lo solicite.
¿Alguien tiene conocimiento de esta ley?.

Muchas gracias y un saludo.

03/12/2014 21:36
Nadie?
03/12/2014 22:14
Yo tengo una IPT,por accidente trabajo hace ya año y medio,después de pedir grado en centro de valoración de mi ciudad,lleve todos los informes médicos,incluso te ve un psicólogo y asistente social para ver tu situación familiar.Hace un mes recibo carta y me dan un 7% de discapacidad imagínate me quede helado,por supuesto hice un escrito de alegación a subdelegación de gobierno de mi ciudad,todavía no he tenido respuesta,pero según el Real Decreto 1414/2006 ,toda persona que tenga reconocida una IPT tendrá una discapacidad igual o superior al 33%,desconozco si la ley cambio,yo estoy cojo y me dieron un 7% para tener un 33% me debería faltar la pierna,vaya tela.
Estoy a la espera de respuesta,por parte de subdelegación pero me parece un camelo esto del grado discapacidad.
Saludos.
03/12/2014 22:18
Hola pulgaditas,gracias por contestar.ahi esta el tema,s a cambiado o no la ley y me gustaria ver si alguien me lo puede confirmar.un saludo
03/12/2014 22:53
Desconozco q haya cambiado la Ley.
Hace 15 días fuí al Ayuntamiento a solicitar la exección del impuesto de circulación para un familiar y solo enseñe la resolución conforme tiene la IPT.
Me la concedieron enseguida.
De todas maneras... creo q nunca han dado el 33% en Bienestar Social... ellos se rigen según baremo.
Lo q hace la equivalencia de IPT = Al 33% es el Real Decreto 1414/2006
Saludos
perfil Eru
03/12/2014 23:06
Creo que se refieren a la ley 26/2011.
Se sigue equiparando la ipt al 33% de discapacidad pero, como bien dice Diangidi, no te dan el certificado de discapacidad, tienes que llevar tu resolucion de ipt a donde quieras beneficiarte de ese 33%
Si lo que quieres es tener a parte el certificado de discapacidad, sí, tendrás que pasar cita con ellos y te asignaran el % que tengas que puede ser mas o menos que ese 33%. Si es menos, pues con la resolucion de ipt.
03/12/2014 23:18
Muchas gracias eru.eso es lo que queria saber.cual es la ley para saber a que agarrarme.un saludo
04/12/2014 00:28
Pues eru,he estado leyendo la ley esta y no he encontrado nada al respecto del 33 por ciento.seguire esperando a ver si alguien puede confirmarme que haya cambiado la ley.
04/12/2014 04:24
REAL DECRETO 1414/2006, de 1 de diciembre,
por el que se determina la consideración de
persona con discapacidad.
2. Se considerarán afectados por una minusvalía en
grado igual o superior al 33 por ciento:
a) Los pensionistas de la Seguridad Social que ten-
gan reconocida una pensión de incapacidad permanente
en el grado de total, absoluta o gran invalidez.
http://www.upf.edu/upfinclusio/_pdf/RD_1414-2006x_dx1-12_Consideracix_de_persona_amb_discapacitat.pdf
De nada!!
04/12/2014 07:51
Gracias compañero por la aportacion.eso lo he leido y por lo que se ve,esa es la ley que determina el grado de minusvalia,pero segun esta gente eso a cambiado.lo que no a sabido decirme cual es la ley nueva ni cuando exactamente se a aprobado.¿tendran orden de decirle eso a la gente?...es que ya no me sorprenderia,despues de lo que llevo pasado.
04/12/2014 16:43
hola,pues esto tambien me interesa,segun me comentaron a mi,una vez que te dan una ipt por enfermedad comun es como si ya tuvieses un 33% no se es asi o no...un saludo...
perfil Eru
04/12/2014 16:50
Pues no la has debido leer mucho porque esta en el articulo 1 seccion 2...
04/12/2014 16:54
hola eru,y perdona yo de articulos y secciones no entiendo mucho,lo que si te agradeceria que me dijeras si tengo o no un33% con la ipt que tengo.saludos
perfil Eru
04/12/2014 17:07
Con una IPT la ley dice que te corresponden los beneficios de tener una discapacidad del 33%.
Lo que NO dice es que te vayan a dar la tarjeta de discapacidad con ese porcentaje.
Así que en el lugar donde quieras ejercer el derecho a esos beneficios, tendrás que llevar tu resolución de IPT.
Es tan sencillo como eso, mucha gente piensa que al reconocer los derechos les tienen que dar la tarjeta de discapacidad pero precisamente lo que evitaron poner en la ley es eso ya que supone más gasto y duplicidad de gestiones.
Si tu consideras que tu discapacidad es superior al 33% entonces que te hagan la revisión y te asignen el porcentaje que sea y te den la tarjeta de discapacidad con ese porcentaje.
04/12/2014 17:20
Llevas razon eru,no la habia leido bien,pero a fin de cuentas dice lo mismo que la 1414/2006.
Dicho esto sigo sin entender como si por ley tengo el 33 por ciento de discapacidad por tener una ipt,el IMAS se niegue a darme el certificado directamente.

Esto solo me lleva a pensar una cosa,que el IMAS al igual que el resto de organismos comoetentes en relacion a una incapacidad,tienen orden directa de cerrar el grifo.que quiere decir esto;que al igual que la INSS deniega sistematicamente todas las incapacidades causando un prejuicio inmenso a personas muy necesitadas,el IMAS hace mas de lo mismo para que no tengas derecho a beneficiarte de esos "privilegios"que da el estar hecho una m...a,saltandose la ley a la torera.
Asi pues,en ayuntamientos como el de Cartagena,han decidido que si el IMAS no te da ese 33 por ciento,no tienes derecho a pedir la exencion del impuesto de vehiculos y si no te gusta que se rian de ti,vas y denuncias.eso es lo que hay y asi me lo han explicado esta mañana.
perfil Eru
04/12/2014 19:54
Jrgr,
No sé si es que no lees lo que se te contesta o si simplemente te has empeñado en una respuesta y estás en tus trece.
REPITO: LA LEY EQUIPARA DERECHOS PERO NO TE DA EL CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD.
Es decir, ni han cerrado grifos como dices ni nada. Al revés, están optimizando recursos. ¿De que sirve que te den el certificado si con la resolución de ipt es exactamente LO MISMO?
Otro tema es lo que dices de tu Ayuntamiento, pero es tan sencillo como que cojas tu resolución, el numero de la ley (y el articulo) y se lo digas al funcionario que te diga que él no sabe del tema. Si insiste en que no, le dices que llame al superior o que te de los papeles para poner allí mismo sobre la marcha una reclamación. Y ya está!
04/12/2014 20:10
Creo que quien no lo has entendido,eres tu.
Te lo vuelvo a explicar.tu por ley puedes tener lo que quieras,que en muchos ayuntamientos,entre ellos el de cartagena,si no llevas el certificado de minusvalia expedido por el IMAS,NO TE CONCEDEN NINGUN DERECHO,lo diga la ley o jesucristo que baje del cielo.como se llama esto,INCUMPLIR LA LEY,o a groso modo,pasarsela por el forro de donde tu y yo ya sabemos.

Ante esto¿ tu que puedes hacer?.ya te lo digo yo;denunciar.
Pero resulta que vale mas el "entierro que la abuela" y ellos lo saben y por eso lo hacen.
O ¿es que acaso no lleva el INSS denegando incapacidades por sistema dandoles exactamente igual el estado del enfermo?.pues esto igual,pero a menor escala.y que sepas que esto no lo digo yo,me lo a dicho esta mañana un funcionario de mi ayuntamiento,al igual que me a dicho que de momento les vale con mi carta de la SS reconociendo mi IPT,pero que estan a la espera que desde el gobierno central de murcia les den las mismas directrices que en cartagena y que cuando eso suceda o llevo el certificado del IMAS reconociendome un 33 por ciento de minusvalia o me quitaran la exencion,tal cual.

Entonces ¿que hago yo?...¿denunciar esta situacion?...pues eso es lo que hay y espero que ahora lo hayas entendido.un saludo.
perfil Eru
04/12/2014 20:42
Es decir, que al final SI que te ha valido con la resolucion de la ipt, no?
04/12/2014 20:47
En mi ayuntamiento de momento si.segun el funcionario a los que no presentamos el certificado nos meten en una lista,que en caso de que se les mande actuar como en cartagena,nos enviaran una carta para comunicarnos que ya no tenemos la exencion hasta que no presentemos el certificado.
04/12/2014 20:52
Has probado de rellenar la hoja de reclamaciones como te sugiere Eru?
Estoy de acuerdo q no puedes denunciar si esto te conlleva un coste...
Muchas veces desconocemos q nos entra la defensa gratuita con la póliza de seguro de la vivienda.
En mi caso no llega a 10 euros anuales y dispongo de 3500 euros por si lo preciso....Ah! Y lo usé en el momento en q tuve q poner la reclamación previa y me concedieron la IPA.
Pero el derecho a tocar las las narices y solicitar la hoja de reclamaciones no te lo quita nadie y es gratis..... y a tener muy en cuenta q en las próximas elecciones salga otro partido... y q conste q no tengo ni idea de quien gobierna en Cartagena.
Y hacer cartas en la prensa llocal... etc, etc...Se están pasando la Ley por el forro y lo único en lo q piensas es q tienen instrucciones de recortar... etc, etc...q a lo mejor tbn es verdad.. pero primero haz todo lo q esté en tu mano para defender tus derechos vigentes.
Suerte!!!!