Hola compañeros.
He estado leyendo la ley del trabajador autónomo, donde en su art.9 nos dice que "los menores de 16 años no podran ejecutar trabajo autonomo ni actividad profesional [...]"
¿Por tanto, este es el art. que nos deja la via libre a que los mayores de 16 años puedan estar en el r.e.t.a.?
Se han "olvidado" cambiar el art. 7.1.b de la LGSS.
No obstante considero que lo señalado en los artículos 23 y 24 de la Ley del Trabajador Autónomo, en relación con el art. 9 que tú señalas son lo suficientemente expresivos para permitir que un "tiarrón" de 16 años pueda ser fontanero y acogido al RETA.